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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 191 Martes, 6 de octubre de 2015 Pág. 38902

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ORDEN de 11 de septiembre de 2015 de aprobación definitiva del Plan general de ordenación municipal de O Corgo.

El Ayuntamiento de O Corgo remite en relación con el asunto de referencia, los siguientes documentos del PGOM:

– Expediente administrativo compuesto de:

Acuerdo plenario de 30 de julio de 2015 de aprobación provisional de las correcciones del PGOM e informe favorable de la Agencia Gallega de Infraestructuras a las rectificaciones del PGOM de 6 de mayo de 2015.

– Tomo I: Memoria justificativa. Fichas de dotaciones a obtener.

– Tomo V.1: Planos de clasificación y ordenación del suelo.

– Tomo V.1.bis: Planeamiento de desarrollo.

– Tomo V.2: Delimitación y consolidación de los núcleos rurales (que quedaron en suspenso).

– Tomo VI: Normativa urbanística (páginas 85, 86, 91 y 189).

– Tomo VII: Estrategia de actuación y estudio económico.

– Tomo VIII (1) y (2): Catálogo de bienes protegidos.

Analizada esa documentación aportada por el Ayuntamiento, y vista la propuesta literal que en esta misma fecha eleva la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, resulta:

I. Antecedentes.

I.1. La Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, mediante Orden de 19 de mayo de 2015 acordó, de conformidad con lo establecido en el artículo 85.7.a) de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, otorgar la aprobación definitiva, de forma parcial, al Plan general de ordenación municipal de O Corgo, dejando en suspenso las áreas y determinaciones objeto de reparo en el punto II del cuerpo de esa orden, hasta que el Ayuntamiento introdujera las correcciones necesarias y, tras su aprobación plenaria, fueran sometidas a su aprobación definitiva.

I.2. El Ayuntamiento Pleno de O Corgo, en sesión de 30 de julio de 2015, aprobó provisionalmente el documento de correcciones, según el interesado en la Orden CMATI de 19 de mayo de 2015.

II. Análisis y consideraciones.

II.1. En la Orden de 19 de mayo de 2015, de aprobación definitiva parcial del PGOM, las áreas y determinaciones objeto de reparos se referían, con carácter general:

a) De un lado, se dejaban en suspenso los ámbitos que requerían una reformulación de la propuesta relativa a la categorización del suelo, especialmente el suelo urbano de Estación; los núcleos rurales relacionados en el apartado II.2.2; y los sectores de suelo urbanizable no delimitado SUNDR-1 y SUNDI-1.

b) De otro, cuestiones que debían integrarse de manera automática en la documentación del PGOM, en atención al alcance de la orden y a la constatación de su origen.

II.2. Del examen de la documentación aprobada provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno de 30 de julio de 2015, se pudo constatar que las deficiencias observadas en la Orden de la CMATI de 19 de mayo de 2015 fueron tenidas en cuenta, y que se introdujeron las correcciones necesarias para darles cumplimiento.

La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva del planeamiento general corresponde a la conselleira de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 89 y 93.4 LOUG y en el artículo 1 del Decreto 44/2012, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la CMATI.

III. Resolución.

En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 85.7.a) de la LOUG, resuelvo:

1º. Aprobar definitivamente el documento de correcciones del Plan general de ordenación municipal de O Corgo.

2º. Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

3º. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 92 de la Ley 9/2002, y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el Ayuntamiento deberá publicar en el Boletín Oficial de la provincia la normativa y ordenanzas del plan aprobado definitivamente.

4º. Notifíquese esta orden al Ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

O Corgo, 11 de septiembre de 2015

Ethel María Vázquez Mourelle
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras