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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 182 Miércoles, 23 de septiembre de 2015 Pág. 37516

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía e Industria

ORDEN de 16 de septiembre de 2015 por la que se amplía el plazo de justificación de las subvenciones a los ayuntamientos gallegos para la mejora de los mercados municipales y plazas de abastos, así como de los espacios del comercio no sedentario, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) en el marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013, y se procede a su convocatoria para el año 2015 (código de procedimiento IN223A).

La Orden de 31 de diciembre de 2014, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 15, de 23 de enero de 2015, establece las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a los ayuntamientos gallegos para la mejora de los mercados municipales y plazas de abastos, así como de los espacios del comercio no sedentario, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) en el marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013, y se procede a su convocatoria para el año 2015 (código de procedimiento IN223A).

En el artículo 1.4, párrafo primero, del anexo I, bases reguladoras, establece la consideración de actuaciones subvencionables siempre que sean realizadas y efectivamente pagadas desde el 1 de enero de 2015 hasta la fecha límite de justificación establecida en el artículo 18.

El artículo 18.1 del anexo I, bases reguladoras, establece que el pago de la subvención quedará condicionado a la presentación, en la respectiva jefatura territorial, de la correspondiente documentación, teniendo de plazo para presentarla hasta el 31 de octubre de 2015 (corrección de errores en el DOG núm. 19, de 29 de enero de 2015).

Teniendo en cuenta el volumen de solicitudes presentadas y el largo proceso de evaluación y con el fin de optimizar los procesos de gestión y dado que no se causa perjuicios a terceros, procede modificar el artículo 18.1 del anexo I de la orden para ampliar el plazo hasta una fecha que permita la mejor justificación por parte de los/las beneficiarios/as.

A tenor de lo expuesto, en virtud de las competencias que tiene atribuidas la Consellería de Economía e Industria en materia de comercio interior, y en el ejercicio de las atribuciones que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo 1

Modificación del artículo 18.1 del anexo I de la Orden de 31 de diciembre de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a los ayuntamientos gallegos para la mejora de los mercados municipales y plazas de abastos, así como de los espacios de comercio no sedentario, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) en el marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013, y se procede a su convocatoria para el año 2015 (código de procedimiento IN223A).

El primer párrafo del artículo 18.1 del anexo I de la referida orden queda redactado en los siguientes términos:

«1. Para cobrar la subvención concedida, el beneficiario deberá presentar, en la respectiva jefatura territorial, la siguiente documentación, en original o copia compulsada, y tiene de plazo para presentarla hasta el 16 de noviembre de 2015 (...)».

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de septiembre de 2015

Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía e Industria