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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 179 Viernes, 18 de septiembre de 2015 Pág. 37194

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 1 de septiembre de 2015 por la que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística LUG/177/2014-RP1, devuelta por el órgano notificador por resultar desconocido el domicilio de la interesada.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 27 de agosto de 2015, resolución por la que se declaran ilegalizables las obras realizadas en suelo rústico, sin autorización urbanística autonómica, consistentes en la construcción de una edificación de chapa metálica adosada a una fachada de cierre y con cubierta a un agua, en el lugar de Pozo Anso, en el ayuntamiento de Barreiros, y se ordena su demolición a costa de la interesada.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a Purificación Fierros Carrera, propietaria catastral del terreno donde se llevaron a cabo dichas obras, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica a la interesada dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se comunica a la interesada que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, la interesada puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en el que se haya producido la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo contencioso administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación a la citada interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 1 de septiembre de 2015

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística