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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 159 Viernes, 21 de agosto de 2015 Pág. 34391

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Trabajo y Bienestar

CÉDULA de 7 de julio de 2015, de la Dirección General de Empleo y Formación, por la que se notifica la resolución de baja de entidades en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo, por resultar desconocidas las personas interesadas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica la Resolución de 7 de julio de 2015 dictada por la Dirección General de Empleo y Formación de baja de entidades, en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, por resultar desconocidas las personas interesadas.

El plazo para interponer el recurso al que hace mención dicha resolución se computará a partir del día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado.

«Después de examinar la inscripción/acreditación de las entidades que figuran en el antecedente primero en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar.

Antecedentes.

Primero. La entidad Telémaco Información, Documentación y Sistemas, S.L. se encuentra inscrita/acreditada en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, con el número de censo 32H00364, en las especialidades formativas siguientes:

Código especialidad

Descripción

Alta homologación

IFCI10

Programador de aplicaciones informáticas

3.12.2010

IFCI14

Analista programador

29.12.2005

IFCI21

Técnico en seguridad de redes

3.12.2010

IFCX03

Diseño de páginas web

26.1.2000

IFCX0304

Diseñador web y multimedia

29.12.2005

IN0065

Servicios comunicaciones telemáticas

15.1.1997

IN0068

Especialista autopistas información

15.1.1997

La entidad Mofrafer, S.L., se encuentra inscrita/acreditada en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, con el número de censo 32C00580, en las especialidades formativas siguientes:

Código especialidad

Descripción

Alta homologación

TMVC21

Conductor de vehículos clase B

21.4.2004

La entidad Bit Centro de Formación-J.A. Vega Paniagua se encuentra inscrita/acreditada en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, con el número de censo 32C00769, en las especialidades formativas siguientes:

Código especialidad

Descripción

Alta homologación

IFCI17

Técnico en software ofimático

16.1.2006

La entidad Autoescuela Rayva, S.L. se encuentra inscrita/acreditada en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, con el número de censo 32C01419, en las especialidades formativas siguientes:

Código especialidad

Descripción

Alta homologación

TMVC21

Conductor de vehículos clase B

23.11.2010

TMVC31

Conductor de vehículos clase C

23.11.2010

TMVC43

Transporte de viajeros por carretera

29.6.2012

TMVC44

Transporte de mercancías por carretera

29.6.2012

La entidad Centro Sano Pablo - Luis Timiraos Carrasco se encuentra inscrita/acreditada en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, con el número de censo 32C00173, en las especialidades formativas siguientes:

Código especialidad

Descrpición

Alta homologación

IFCI17

Técnico en software ofimático

23.1.2007

La entidad Triple Lambda, S.L. se encuentra inscrita/acreditada en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, con el número de censo 32C00422, en las especialidades formativas siguientes:

Código especialidad

Descripción

Alta homologación

SSCA10

Técnico en consumo

17.1.2006

La entidad Centro de formación Quevedo Gómez, S.L. se encuentra inscrita/acreditada en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, con el número de censo 32C01380, en las especialidades formativas siguientes:

Código especialidad

Descripción

Alta homologación

IMPE0108

Servicios auxiliares de estética

9.12.2010

IMPQ0108

Servicios auxiliares de peluquería

9.12.2010

Segundo. La Jefatura Territorial de la Consellería de Trabajo y Bienestar de Ourense requirió a las entidades que figuran en el antecedente primero, a efectos de comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente para mantener la condición de centro/entidad inscrito o acreditado en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, la documentación prevista en los artículos 5 y 6 del Decreto 106/2011, informándolas de que, en caso de no aportar la documentación requerida, se propondrá su baja en dicho registro.

Todos los requerimientos fueron devueltos por el servicio de Correos por resultar desconocidos sus destinatarios.

Tercero. El personal técnico de la Jefatura Territorial de la Consellería de Trabajo y Bienestar de Ourense visitó dichos centros en las direcciones que constan en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar y comprobó que no existen los mencionados centros en las direcciones indicadas.

Consideraciones legales y técnicas.

Primero. La competencia para resolver el presente expediente corresponde a la directora general de Empleo y Formación, de conformidad con el establecido en el artículo 6.3) y en el artículo 8 del Decreto 106/2011, de 19 de mayo.

Segundo. El artículo 8.1.a) del Decreto 106/2011, de 19 de mayo, dispone que se podrá acordar la baja en el Registro de Centros y Entidades de Formación en caso de incumplimiento de cualquiera de los deberes previstos en el artículo 7 de este decreto.

Tercero. El artículo 7.1.a) del Decreto 106/2011, de 19 de mayo, dispone que los centros y entidades de formación tienen la obligación de mantener las instalaciones y la estructura de medios sobre la base de las cuales se produjo su inscripción y adaptarlas a los requisitos mínimos que en cada momento se exijan para cada especialidad acreditada o inscrita.

Revisado el expediente, se comprueba que las entidades que constan en el antecedente primero no mantienen las instalaciones y la estructura de medios sobre la base de las cuales se produjo su inscripción.

Cuarto. El artículo 73 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, establece que se podrá disponer la acumulación de procedimientos que guarden identidad sustancial, como sucede en el presente caso.

Quinto. El artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, establece que los actos administrativos serán objeto de publicación cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente.

Todos los requerimientos efectuados fueron infructuosos por resultar desconocidos sus destinatarios, y el personal técnico de la Jefatura Territorial de la Consellería de Trabajo y Bienestar de Ourense comprobó que los centros mencionados en el antecedente primero no existen en las direcciones que constan en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, por lo que, razones de economía y eficiencia, aconsejan su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. Toda vez que en la tramitación del expediente se observaron las normas que al efecto se establecen en el Decreto 106/2011, de 19 de mayo, y en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Después de ver el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo; la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, modificada por la Orden ESS/1726/2012, de 2 de agosto, por la que se desarrolla dicho real decreto; el Decreto106/2011, de 19 de mayo, por el que se crea el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar y se regula el procedimiento para la inscripción y, en su caso, acreditación de los centros y entidades que impartan formación para el empleo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, el Decreto 235/2012, de 5 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia; el Decreto 42/2013, de 21 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Trabajo y Bienestar; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y la demás normativa de general aplicación.

De acuerdo con todo lo indicado,

resuelvo:

Dar de baja, en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, a las siguientes entidades con los número de censo indicados:

Telémaco Información, Documentación y Sistemas, S.L., número de censo 32H00364.

Mofrafer, S.L., número de censo 32C00580.

Bit Centro de Formación-J.A. Vega Paniagua, número de censo 32C00769.

Autoescuela Rayva, S.L., número de censo 32C01419.

Centro Sano Pablo-Luis Timiraos Carrasco, número de censo 32C00173.

Triple Lambda, S.L., número de censo 32C00422.

Centro de Formación Quevedo Gómez, S.L., número de censo 32C01380.

Publicar en el Diario Oficial de Galicia la presente resolución para su conocimiento y efectos oportunos.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada, ante la conselleira de Trabajo y Bienestar, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con el establecido en el artículo 114, siguientes y concordantes, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común».

Santiago de Compostela, 7 de julio de 2015

Ana Mª Díaz López
Directora general de Empleo y Formación