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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 156 Martes, 18 de agosto de 2015 Pág. 33920

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Pontevedra

ANUNCIO relativo a la propuesta de cumplimiento de ejecución de la Sentencia 184/2014, del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, dictada en el procedimiento ordinario 4002/2014, relativo al Acuerdo del Pleno de 18 de noviembre de 2013 de aprobación de la modificación puntual número 4 del Plan especial de protección, reforma interior y conservación artística (Peprica) referida al terreno del edificio sito en la calle Michelena número 24.

El Pleno del Ayuntamiento de Pontevedra, en la sesión ordinaria que tuvo lugar en fecha 20.7.2015, adoptó, entre otros pronunciamientos, el siguiente acuerdo que, en su parte dispositiva, literalmente, dice:

«(...)Primero. Tomar razón, ejecutar y llevar a puro y debido efecto, en sus propios términos, la parte resolutiva de la Sentencia nº 184/2014, dictada en fecha 26 de febrero de 2015 por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJG en el procedimiento ordinario 4002/2014, relativa al Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 18.11.2013, de aprobación de la modificación puntual nº 4 del Plan especial de protección, reforma interior y conservación artística del conjunto histórico artístico de Pontevedra, en lo que se refiere a la manzana Z4-C52, elemento 16, terreno y edificio sito en la calle Michelena nº 24 (DOG de 24.12.2013 y BOP de 15.1.2014), que se anula al tiempo que se ordena la retroacción de las actuaciones del procedimiento a fin de que se recabe de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria un informe sobre la modificación de dicho plan especial.

Segundo. Retrotraer en ejecución de sentencia las actuaciones del procedimiento de modificación del Peprica con notificación del presente acuerdo a los interesados, a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras y a la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, a las que se les remitió una copia autenticada de dos ejemplares del instrumento corregido cuya aprobación fue anulada, con todos los planos y documentos que lo integran, debidamente diligenciados en su momento por la Secretaría General del Ayuntamiento, interesando expresamente de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria la emisión del informe que prevé el artículo 45.1 de la Ley del patrimonio cultural de Galicia, en relación con el artículo 93.4 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, con respecto al instrumento urbanístico redactado por el arquitecto jefe de la Oficina Técnica de Planeamiento y Gestión Urbanística, de fecha julio de 2013, denominado modificación puntual núm. 4 del Peprica en el elemento Z4-C52-16, que comprende la ficha 4-52-16 corregida, que sustituye el nivel de protección del terreno y edificio sito en la calle Michelena nº 24, pasando de ambiental A para las plantas existentes a ambiental B, conforme a las determinaciones del propio Peprica, así como a los planos denominados: Hoja O-7: niveles de protección y Hoja 52-P: alzados Z4-C52 propuesta, informe que se entenderá positivo transcurridos tres meses desde su presentación.

Tercero. Disponer que se publique el presente acuerdo mediante anuncio que se insertará en el Diario Oficial de Galicia, en el Boletín Oficial de la provincia, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Pontevedra y en la página web http//www.pontevedra.eu

Cuarto. Dar traslado del presente acuerdo a la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia(...)».

Pontevedra, 24 de julio de 2015

Miguel Anxo Fernández Lores

José Carlos Castiñeira Piñeiro

Alcalde

Secretario general del Pleno por sustitución