Intentada la notificación de este acuerdo, según lo dispuesto en el artículo 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), y no siendo posible su práctica, por medio de la presente cédula, y según lo dispuesto en el apartado 5 del referido artículo y lo establecido en el artículo 61 del mismo texto legal, se notifica a la interesada el contenido de la resolución que figura como anexo, para que pueda tener conocimiento de ella.
De conformidad con lo previsto en el artículo 38.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se les concede a los interesados un plazo de quince días hábiles, que empezará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente cédula en el Boletín Oficial del Estado, para que puedan formular las alegaciones y presentar documentación que consideren pertinente, ante esta jefatura territorial.
Se les recuerda también su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura territorial, situadas en la ronda de la Muralla, nº 70, bajo, en Lugo, y a obtener, en su caso, copia de éste, según lo previsto en el apartado a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Lugo, 23 de julio de 2015
Alberto Linares Fernández
Jefe territorial de Lugo
ANEXO
Nº de expediente: TR341D 2012/850-2,
Nombre: María Martha Bran Mercedes.
DNI/NIF: 34287452H.
Ayuda: subvención por el establecimiento como trabajador/a autónomo/a o por cuenta propia.
Último domicilio conocido: calle Perpetuo Socorro, 7, 2º izqda., 27002 Lugo.
Hecho imputado: no realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención durante un tiempo mínimo de tres años.
Precepto infringido: artículo 17, número 1.a), de la orden de convocatoria.
Contenido de la resolución: inicio del procedimiento de reintegro de la ayuda.
Fecha del acuerdo: 2 de junio de 2015.