La persona titular de la Dirección General de Movilidad dictó la resolución de los expedientes sancionadores número DX-00131-I-2014 y otro más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican las resoluciones dictadas a las personas interesadas.
Se les informa que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas de la Subdirección General de Inspección del Transporte, situadas en la plaza de Europa, 5 A, 2º, Santiago de Compostela.
Se les comunica que contra la resolución sancionadora, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la persona titular de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.
Las sanciones impuestas fueron abonadas anticipadamente con una reducción de su importe conforme a lo previsto en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres.
Santiago de Compostela, 10 de julio de 2015
Mercedes López Caneda
Subdirectora general de Inspección del Transporte
anexo
Expediente Matrícula Denunciante |
Persoa sancionada DNI/CIF Última dirección conocida |
Infracción cometida Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
DX-00131-I-2014 M-8271-JY Agente de inspección DX/014 |
Gran Taller, S.L. B15030018 O Valado, 37 15680 Ordes (A Coruña) |
El exceso igual o superior al 20 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA superior a 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 30 %. 17.9.2014; 10.07.41; N-634; 709 |
Art. 140.23 LOTT |
Art. 143.1.h) LOTT |
4.000 euros |
LU-01925-O-2014 5440-HGX Guardia Civil 2702 U89694K |
Cooptramports, Sdad. Coop. Vcia. F98289010 Archiduque Carlos, 70, bajo B 46014 Valencia |
La instalación o presencia de cualquier clase de elementos mecánicos, electrónicos o de otra natureza con la finalidad de alterar el funcionamiento del tacógrafo o modificar sus mediciones, aunque no se encuentren en funcionamiento en el momento de realizarse la inspección. 27.6.2014; 7.50; A-6; 461,0 |
Art. 140.10 LOTT |
Art. 143.1.i) LOTT |
4.001 euros |