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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 140 Lunes, 27 de julio de 2015 Pág. 31188

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ANUNCIO de 9 de julio de 2015, de la Subdirección General de Inspección del Transporte, por el que se notifican las resoluciones de los recursos de alzada dictadas en expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres devueltas por el servicio de Correos porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar (expediente LU-00182-O-2013 y cinco más).

La persona titular de la Dirección General de Movilidad, dictó las resoluciones de los recursos de alzada presentados en los expedientes sancionadores número LU-00182-O-2013 y cinco más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, esta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican las resoluciones dictadas a las personas interesadas.

Se les informa que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas de la Subdirección General de Inspección del Transporte, situadas en la plaza de Europa, 5 A, 2º en Santiago de Compostela.

Contra dichas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE, de conformidad con los artículos 8 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En caso de no haber abonado el importe de la sanción, deberán pagar dicho importe dentro del plazo establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 12 de diciembre, general tributaria, empleando el modelo impreso que se facilitará en las oficinas de la Subdirección General de Inspección del Transporte.

De no efectuarse el ingreso en dicho plazo, se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 9 de julio de 2015

Mercedes López Caneda
Subdirectora general de Inspección del Transporte

ANEXO

Expediente

Matrícula

Denunciante

Persona sancionada

DNI/CIF

Última dirección conocida

Infracción cometida

Fecha-Hora-carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción impuesta

Resolución recurso

LU-00182-O-2013

0191-HHC

Guardia Civil 2704 I64330I

Dalias Transport, S.L.

B04053328

Coop. Vvdas. Amanecer, B 4

04600 Huércal-Overa

(Almería)

Disminución del descanso semanal normal en más de 9 horas. Igual o superior a 24 horas e inferior a 30 horas.

10.1.2013; 17.04; A-8; 570,00

Artículo 140.37.6 de la LOTT

Artículo 143.1.g) de la LOTT

1.500

Estimado parcial

LU-00677-O-2011

5177-DFK

Guardia Civil 2701 F02025Q

Trajnsportcastell Frigo Grup, S.L.

B49169543

Políg. Cárnicas, nave 11

49600 Benavente

(Zamora)

Incumplimiento por parte del conductor de la obligación de realizar por sí mismo determinadas entradas manuales o anotaciones en el aparato de control de tiempos de conducción y descanso o en las hojas de registro.

25.2.2011; 00.15; A-6; 522

Artículo 141.8 de la LOTT

Artículo 198.8 ROTT

Artículo 143.1.f) de la LOTT

Artículo 201.1.f) ROTT

1.501

Desestimado

OU-01571-S-2013

0409-FWK

Policía Autonómica 94284-93363

Daniel Rodríguez Vázquez

44463991T

Coruña, 6-1º D

32005 Ourense

Realizar el transporte de mercancías perecederas sin llevar en el vehículo las marcas de identificación e indicaciones reglamentarias o llevarlas en lugares distintos de los establecidos.

20.9.2013; 11.00

Cachamuíña

Artículo 142.16 de la LOTT

Artículo 143.1.a) de la LOTT

100

Desestimado

PO-01737-O-2013

4018-HKY

Guardia Civil 3603 U36333E

Compañ. de Protec. y Vigilanc. Galaica, S.A.

A15922198

Plg. Tambre, Vía Edison, B.2,
portal 0, esc. 5, pl. 2

15820 Santiago de Compostela

(A Coruña)

La realización de transportes de productos alimenticios o mercancías perecederas utilizando un vehículo que carezca del certificado de conformidad para el transporte de mercancías perecederas o tenerlo caducado o falseado.

15.3.2013; 11.36

Artículo 141.21 de la LOTT

Artículo 143.1.d) de la LOTT

401

Desestimado

PO-03120-S-2013

PO-8453-BG

Policía Municipal 294477

Distribuciones Cárnicas Rosada, S.L.

B36190445

Polígono Industrial Castiñeiras, 26

36930 Bueu

(Pontevedra)

Atenuante: la realización de transporte privado en vehículo ligero de más de 3,5 Tn de MMA, careciendo de autorización.

4.7.2013; 08.40

Pza. América con c/ Coruña

Artículo 142.19 en relación con el artículo 141.14 de la LOTT

Artículo 143.1.k) en relación letra b)

201

Desestimado

PO-01650-O-2011

2159-GSP

Guardia Civil 3603 V93728C

Transportes Duco, S.L.

B70086293

Vía Isaac Peral, Pg. Tambre, 20-22

15890 Santiago de Compostela

(A Coruña)

Transporte de mercancías peligrosas en el que los documentos de transporte no contienen la correspondiente información correcta (diferente de las anteriores).

5.10.2011; 09.00; A-52; 278,3

Artículo 141.5.11 de la LOTT

Artículo 143.1.f) de la LOTT

801

Estimado parcial