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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 128 Jueves, 9 de julio de 2015 Pág. 28790

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 22 de junio de 2015 por la que se notifica la resolución del recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 9 de mayo de 2014, recaída en el expediente COR/62/2013-R1, devuelta por el servicio de Correos por resultar su destinataria ausente en el reparto.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 19 de maio de 2015, resolución por la cual se desestima el recurso potestativo de reposición interpuesto en el expediente de reposición de la legalidad urbanística COR/62/2013, contra la Resolución de 9 de mayo de 2014, dictada por la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, por la que se declaraban ilegalizables las obras ejecutadas en suelo rústico, sin autorización urbanística autonómica, consistentes en la instalación de dos casetas y una solera, en el lugar de A Vila, en el término municipal de Cariño, provincia de A Coruña.

Al no poder realizarse la notificación personal de esta resolución a Mª Jesús Varela Yáñez, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica a la citada interesada dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a la interesada que el texto íntegro de la resolución que se le notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el Edificio Witland, 1er piso, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, la interesada podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1.3ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada ley.

Para que conste y sirva de notificación a la interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 22 de junio de 2015

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística