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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Martes, 7 de julio de 2015 Pág. 28176

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2015, da Secretaría General Técnica de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, por la que se declara de interés gallego y se ordena la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Filosofía de la Ciencia y la Tecnología.

Examinado el expediente de declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Filosofía de la Ciencia y la Tecnología, se dicta la presente resolución basada en los hechos y fundamentos de derecho que se exponen a continuación:

Hechos.

1. Wenceslao J. González Fernández, presidente del patronato de la Fundación, formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Filosofía de la Ciencia y la Tecnología fue constituida en escritura pública otorgada en A Coruña el 16 de abril de 2015, ante el notario Raúl Gerardo Muñoz Maestre, con número de protocolo 1.093, por Wenceslao J. González Fernández, que actúa en su propio nombre y derecho.

3. Según consta en el artículo 2.1 de sus estatutos, la Fundación tiene por objeto fines cívicos, educativos, culturales y científicos de Galicia, con especial atención a la sociedad de la información y a la investigación científica y el desarrollo tecnológico. Dentro de este marco, la Fundación busca expresamente fines específicos que lleven a la promoción de la filosofía de la ciencia e la tecnología en nuestra sociedad gallega, conscientes del hondo sentido que tiene reflexionar sobre las bases de fondo del I+D+i, su contenido y sus posibles límites.

4. En la escritura de constitución de la Fundación y en sus estatutos constan los extremos exigidos por los artículos 11 y 12 de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

5. El patronato inicial de la Fundación está formado por Wenceslao J. González Fernández como presidente; José Francisco Martínez Solano como secretario; y María José Arrojo Baliña y Amanda Guillán Dopico como vocales.

6. La Comisión integrada por los secretarios generales técnicos de todas las consellerías elevó al vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia la propuesta de clasificación como de interés educativo de la Fundación Filosofía de la Ciencia y la Tecnología, en base a las materias que constituyen su objeto fundacional, por lo que, cumpliéndose los requisitos exigidos en la Ley 12/2006, y de conformidad con lo establecido en el artículo 51 del Reglamento de fundaciones de interés gallego, aprobado por el Decreto 14/2009, de 21 de enero, y el artículo 7 del Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, aprobado por el Decreto 15/2009, de 21 de enero, el protectorado será ejercido por la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

7. De conformidad con dicha propuesta, por Orden de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de 1 de junio de 2015, se clasificó de interés educativo la Fundación Filosofía de la Ciencia y la Tecnología, y se adscribió a la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria a efectos del ejercicio de las funciones de protectorado.

Fundamentos de derecho.

Primero. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía para Galicia establece que es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma gallega el régimen de las fundaciones de interés gallego.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2 del Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, en relación con el Decreto 4/2013, de 10 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, le corresponde a esta consellería la declaración de interés gallego mediante resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia y la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Filosofía de la Ciencia y la Tecnología, así como el ejercicio de las funciones de protectorado y las demás que correspondan a la Xunta de Galicia de conformidad con lo indicado en dicho reglamento.

Tercero. A la vista de lo dispuesto en la Ley 12/2006 y en los decretos 14 y 15/2009, resultan cumplidos los requisitos establecidos por la normativa vigente para la declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, de la Fundación Filosofía de la Ciencia y la Tecnología, por lo que,

RESUELVO:

1. Declarar de interés gallego la Fundación Filosofía de la Ciencia y la Tecnología.

2. Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

3. Esta fundación, queda sometida a lo dispuesto en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, y en los decretos 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego y el Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, así como a la demás normativa que resulte de aplicación, donde se establecen especialmente las obligaciones de dar publicidad suficiente de su objeto y actividades, ausencia de ánimo de lucro en la prestación de sus servicios, así como la presentación anual de la documentación contable y el plan de actuación ante el protectorado, que será ejercido por la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

Contra esta resolución podrá interponerse un recurso de alzada ante el conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, según lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 25 de junio de 2015

Jesús Oitavén Barcala
Secretario general técnico de la Cosnellería de Cultura,
Educación y Ordenación Universitaria