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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 124 Viernes, 3 de julio de 2015 Pág. 27867

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Trabajo y Bienestar

CÉDULA de 9 de junio de 2015, de la Jefatura Territorial de Vigo, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador 2015/0035-4 incoado por infracción administrativa en el orden social.

Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, por la presente cédula se notifica a la empresa relacionada la resolución recaída en el expediente sancionador correspondiente.

Dispone de un plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente a la fecha de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado, para examinar la resolución en las dependencias de esta jefatura territorial, Servicio de Trabajo y Economía Social, Sección de Sanciones, sitas en la calle Concepción Arenal, 8-2ª planta, en Vigo (Pontevedra), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes.

Expediente: RL 2015/0035-4.

Acta: I362014000086246.

Empresa: Sanxenxo Arena, S.L., en constitución.

NIF: B-94098456.

Dirección: carretera Circunvalación Portonovo, 69, Sanxenxo.

Materia: relaciones laborales.

Preceptos infringidos: artículo 5 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, y artículos 4 y 29 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores.

Preceptos sancionadores: artículo 39.2 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.

Fecha de resolución: 13.5.2015.

Resolución: multa de 6.877 €.

Se hace saber a la interesada que puede formular recurso de alzada ante la directora general de Trabajo y Economía Social, en el plazo de un mes, contado desde el siguiente día al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Se le advierte que, de no ser interpuesto en tiempo y forma, deberá abonar la multa impuesta mediante la necesaria utilización del impreso que podrá solicitar en la Jefatura Territorial de Vigo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, en el número de cuenta y en la entidad bancaria y plazo que en él se señala, ya que en otro caso se incoará el procedimiento por la vía de apremio ante la Consellería de Hacienda correspondiente.

Vigo, 9 de junio de 2015

María Peón Fernández
Jefa territorial de Vigo