Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 123 Jueves, 2 de julio de 2015 Pág. 27662

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (292/2013).

Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 292/2013 a instancia de María Esther Roca Fandiño contra la empresa Puertas y Molduras Mova, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, en los que recayó sentencia el 1 de junio de 2015 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

Fallo:

Se estima la demanda formulada por María Esther Roca Fandiño frente a la empresa Puertas y Molduras Mova, S.L., con intervención del Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia, se condena a Puertas y Molduras Mova, S.L. a abonar a la actora la cantidad de tres mil doscientos ocho euros con cincuenta y ocho céntimos de euro (3.208,58 euros), devengando dichas cantidades los intereses moratorios del 10 %.

Notifíquese la resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Puertas y Molduras Mova, S.L. expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 11 de junio de 2015

El secretario judicial