Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 118 Jueves, 25 de junio de 2015 Pág. 25189

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (1245/2014).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido objetivo individual 1245/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Claudio César Priegue Figueiras contra Pezetace, S.L. sobre despido, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia: 259/2015.

Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: despido 1245/2014.

Demandante: Claudio César Priegue Figueiras.

Letrado: Sr. Pena Díaz.

Demandada: Pezetace, S.L.

Fogasa.

A Coruña, 1 de junio de 2015.

Fallo.

Desestimo la demanda sobre despido formulada por Claudio César Priegue Filgueiras frente a la empresa Pezetace, S.L. al concurrir la excepción de caducidad de la acción y, en consecuencia, absuelvo a ésta de todos los pedimentos formulados frente a ella.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de la justicia gratuita, que deberá depositar la tasa establecida en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre.

Así lo pronuncio, mando y firmo, Javier López Cotelo, juez del Juzgado de lo Social número 1 de Refuerzo de A Coruña.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por el juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a Pezetace, S.L., en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 1 de junio de 2015

La secretaria judicial