Dolores Prieto Rascado, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Ourense, en el procedimiento de divorcio 903/2013, seguido a instancia de Cesáreo Durán Vázquez frente a Dolores Beatriz Calle Delgado se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:
Vistos los presentes autos 903/2013 sobre divorcio promovidos por la procuradora Sra. Lozano en nombre y representación de Cesáreo Durán Vázquez como demandante asistido por el letrado Sra. Nieves frente a Dolores Beatriz Calle Delgado, declarado en rebeldía.
Siguen antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.
Fallo.
Acuerdo la disolución del matrimonio formado por Cesáreo Durán Vázquez y Dolores Beatriz Calle Delgado con todos los efectos legales inherentes a dicha disolución.
No se imponen las costas del presente procedimiento a ninguna de las partes.
Esta sentencia no es firme. Conforme a lo dispuesto en el artículo 208.4 de la LEC, se indica que contra la presente resolución cabe interponer, en el plazo de 20 días, recurso de apelación (artículos 457 y ss. de la LEC) ante este tribunal, debiendo constituir el depósito legalmente establecido.
Y, una vez firme esta resolución, comuníquese de oficio para su anotación en el registro civil, en donde figura la inscripción del matrimonio cuya disolución se declara.
Así lo acuerda, manda y firma S.S.ª. Doy fe.
Y, como consecuencia del ignorado paradero de Dolores Beatriz Calle Delgado, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación en forma a la misma.
Ourense, 14 de mayo de 2015
La secretaria judicial