Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 106 Lunes, 8 de junio de 2015 Pág. 22220

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 10 de Vigo

EDICTO (704/2014).

Luis Diego Espino Hernández, secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Vigo, por el presente anuncio:

En el presente procedimiento de juicio ordinario nº 704/2014 seguido a instancia de NCG Banco, S.A. frente a María Esther Meunier y Sergio Omar Rodríguez Castaños se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia.

Juez que la dicta: Ana Araceli Muñoz Martin.

Lugar: Vigo.

Fecha: 23 de febrero de 2015.

Demandante: NCG Banco, S.A.

Abogado: Prudencio Barreiro Castro.

Procuradora: Gisela Álvarez Vázquez.

Demandados: María Esther Meunier y Sergio Omar Rodríguez Castaños.

Abogada: Esther Bueno Rey.

Procuradora: Sara Dacal Ruiz.

Procedimiento: procedimiento ordinario 704/2014.

Fallo.

Estimando parcialmente la demanda interpuesta por NCG Banco, S.A. frente a María Esther Meunier y Sergio Omar Rodríguez Castaños, debo condenar y condeno a éstos a abonar a la actora en forma solidaria la cantidad de 5.911,62 euros más los intereses legales desde la reclamación extrajudicial, burofax de 5 de noviembre de 2013.

No se hace declaración de condena en costas.

Modo de impugnación: recurso de apelación, que se interpondrá ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente de la notificación de aquélla.

Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos, sin que en ningún caso proceda actuar en sentido contrario a lo resuelto (artículo 456.2 L.E.C.).

Conforme a la D.A. decimoquinta de la LOPJ, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, la comunidad autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Santander en la cuenta de este expediente 3641.0000.04.0704.14 indicando, en el campo «concepto» la indicación «Recurso» seguida del código «02 Civil-Apelación». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación «recurso» seguida del código «02 Civil-Apelación».

En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

(Sigue firma magistrada jueza)

Y encontrándose dicho demandado, María Esther Meunier, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Vigo, 25 de marzo de 2015

El secretario judicial