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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 106 Lunes, 8 de junio de 2015 Pág. 22051

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ORDEN de 21 de mayo de 2015 de aprobación definitiva de la modificación puntual del Plan general de ordenación municipal del Ayuntamiento de Mugardos.

El Ayuntamiento de Mugardos remite la modificación puntual referida en solicitud de su aprobación definitiva, conforme a lo dispuesto en el artículo 85.7 de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

Analizada la documentación aportada, y vista la propuesta literal que en esta misma fecha eleva la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, resulta:

I. Antecedentes.

1. El Ayuntamiento de Mugardos dispone en la actualidad de un Plan general de ordenación municipal que fue aprobado definitivamente por el Ayuntamiento Pleno de 19 de octubre de 1999.

2. La Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental decidió, el 5 de agosto de 2012, no someter esta modificación al procedimiento de evaluación ambiental estratégica.

3. La arquitecta municipal emitió informe favorable el 3 de septiembre de 2014, con una consideración sobre los chaflanes entre alineaciones; y el secretario municipal, el 9 de septiembre de 2014, sobre el procedimiento de tramitación de la modificación (artículo 85.1 de la Ley de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia).

4. La modificación no fue sometida a informe previo a su aprobación inicial (artículo 85.1 de la Ley 9/2002) por cuanto la modificación no afecta a la clasificación del suelo, a la intensidad de uso ni a los sistemas generales previstos en el plan (artículo 93.4 de la Ley de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia).

5. El Ayuntamiento Pleno aprobó inicialmente la modificación el 26 de septiembre de 2014. Fue sometida a información pública por el plazo de dos meses (Diario de Ferrol de 8 de noviembre de 2014, La Voz de Galicia de 10 de octubre y Diario Oficial de Galicia de 22 de octubre). No fueron presentadas alegaciones conforme al certificado del secretario municipal de 13 de enero de 2015.

6. Consta informe favorable de la Agencia Gallega de Infraestructuras de 10 de abril de 2015.

7. La modificación fue aprobada provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno de 30 de enero de 2015.

II. Objeto y descripción del proyecto.

1. La modificación tiene por finalidad el cambio de las alineaciones de la calle de As Lagoas en su entronque con la calle Francisco Yáñez (la carretera autonómica AC-130 Mugardos-Ares).

2. La calle de As Lagoas, situada en terrenos clasificados por el plan general vigente como suelo urbano, está proyectada con un ancho de 10 m, excepto en su entronque con la AC-130, en que se reduce a aproximadamente a 8 m de ancho dispuestos con una cesión mayor en la parte norte.

3. La modificación redibuja las alineaciones, estableciendo un ancho de 10 m en toda la calle y disponiéndola en la intersección con la AC-130 de forma simétrica respecto del eje del vial existente.

4. La modificación supone mejorar en general la accesibilidad del cruce, concretamente hacia la escuela infantil municipal, reajustando las superficies en cuanto al uso y a la propiedad.

III. Análisis y consideraciones.

1. Los objetivos expuestos constituyen razones de interés público de la modificación puntual, conforme a lo exigido en el artículo 94.1 de la Ley de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

2. La modificación propuesta es coherente con los objetivos señalados en el proyecto y no afecta a intereses públicos urbanísticos de índole supralocal.

3. Es necesario observar que la parte norte del entronque de la calle As Lagoas con la AC-130 se grafía sin chaflán o curva de ningún acuerdo, cuando estas soluciones de encuentro entre alineaciones aparecen en todas las vías grafiadas en el plano 2.6 del plan general que ordena el contorno del ámbito de la modificación, lo que da lugar a una ordenación incoherente con éste. El informe de la arquitecta municipal de 3 de septiembre de 2014 señala que, con independencia de que no se trace en las alineaciones, es de aplicación el artículo 78 del PGOM, que exige chaflanes en todos los encuentros de alineaciones. Asimismo, el artículo 224 de la normativa del PGOM exige el chaflán específicamente en la ordenanza SU-SD de suelo urbano semidenso.

La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva del planeamiento general le corresponde a la conselleira de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 89 y 93.4 de la Ley de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, y en el artículo 1 del Decreto 44/2012, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.

IV. Resolución.

En consecuencia, y visto lo que antecede,

RESUELVO:

Primero. Otorgar la aprobación definitiva a la modificación puntual del PGOM de Mugardos en las alineaciones de la calle Lagoas, dejando constancia expresa de que en la orilla norte del entronque de la calle Lagoas con la AC-130, grafiada sin chaflán, resulta de aplicación el artículo 78 del PGOM, que exige chaflanes en todos los encuentros de alineaciones.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 92 de la Ley 9/2002 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, el ayuntamiento deberá publicar en el BOP la normativa y las ordenanzas del PGOM aprobado definitivamente.

Tercero. Notifíquese esta orden al ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Cuarto. Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 21 de mayo de 2015

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras