De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifican a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones de los recursos interpuestos contra las resoluciones de los expedientes sancionadores instruidos por infracciones de la normativa reguladora de los transportes terrestres, por resultar desconocidos sus destinatarios o bien porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar.
Según establece el artículo 61 de la citada ley, los interesados disponen de un plazo de diez (10) días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula, para examinar la resolución en la Secretaría General Técnica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, situada en los edificios administrativos de San Caetano en Santiago de Compostela.
Se les hace saber que contra dichas resoluciones, definitivas en vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de la circunscripción en la que el demandante tenga su domicilio, o en el de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de finalización del plazo de diez (10) días antes señalado o al de la comparecencia del interesado, en su caso.
Las multas deberán hacerse efectivas, con la clave 390001, por cualquiera de los siguientes medios:
– NCG Novagalicia Banco.
– BBVA: transacción 1316, NIF S1511001H.
– Banesto.
– http://www.cixtec.es/conselleria
Y de no hacerlo así se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo dispuesto en el artículo 97 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Y para que conste y les sirva de notificación a los interesados, firmo y sello esta cédula.
Santiago de Compostela, 7 de mayo de 2015
José Antonio Fernández Vázquez
Secretario general técnico de la Consellería de Medio Ambiente,
Territorio e Infraestructuras
ANEXO
Expediente Número recurso Matrícula Denunciante |
Recurrente/caucionista |
Infracción cometida Datos de la denuncia: fecha; hora; carretera; p.k. |
Precepto infringido |
Sanción impuesta |
Resolución del recurso |
XC-03143-O-2012 RA/M/2014/00295 0304-BSC/R-1249-BBG Guardia Civil 1501 I-92933-X |
Gaesco, S.L. |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando. 9.10.2012; 17.09; CP-1914; 8,000 |
Art. 140.35 LOTT |
1.001 € |
Desestimatoria, confirmando la sanción impuesta |
XC-01762-O-2013 RA/M/2014/00324 V-8739-FF/P-01563-R Guardia Civil 1503 N-41519-R |
Transportes Arrive IS S-20, S.L. |
Realizar transporte público de mercancías careciendo de título habilitante. 7.3.2013; 3.00; N-VI; 578,500 |
Art. 140.1 LOTT |
4.001 € |
Inadmisión, confirmando la sanción impuesta |
OU-00967-O-2012 RA/M/2014/00587 3124-DGL/R-4050-BBX Guardia Civil 3201 L-82181-K |
Logística de Villabrazaro, S.L. |
La carencia de hojas de registro del apartado de control, de la tarjeta de conductor o de los documentos impresos obligatorios que exista obligación de llevar en el vehículo. 9.6.2012; 9.05; A-52; 262 |
Art. 140.24 LOTT |
2.001 € |
Inadmisión, confirmando la sanción impuesta |