María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario número 832/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Ana María Martínez Somoza contra Fondo de Garantía Salarial, Gecreri, S.L., Azetanet Consultoría y Formac., sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice:
«Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Ana María Martínez Somoza contra la entidad Gecreri, S.L. y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la entidad Gecreri, S.L. a que abone a la demandante la cantidad de 6.639,63 euros brutos, por salarios y diferencias salariales devengadas entre mayo de 2013 y junio de 2014 (ambos inclusive), incrementadas en el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales.
Con la intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.
En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y para que sirva de notificación en legal forma a Gecreri, S.L. y Azetanet Consultoría y Formac., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
A Coruña, 30 de abril de 2015
La secretaria judicial