Sarai Paniagua Acera, secretaria del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo, certifico que en el presente procedimiento de divorcio 436/2014 se ha dictado la sentencia del tenor literal siguiente:
«Vigo, 28 de abril de 2015.
María del Carmen Salvador Mateos, magistrada jueza titular del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo y su partido, ha visto los autos seguidos en este juzgado bajo el número 436/2014 sobre disolución del matrimonio por divorcio, en que actúa como demandante María Bernárdez Posada, representada por la procuradora de los tribunales Begoña Pérez Lorenzo y con asistencia letrada de Ana María García Costas, contra Juan Martín Cordovés Nogueira, declarado en situación de rebeldía procesal, en base a los siguientes:
(Siguen antecedentes de hecho y fundamentos de derecho).
Fallo.
En la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales Sra. Pérez Lorenzo, en nombre y representación de María Bernárdez Posada, contra Juan Martín Cordovés Nogueira, declarado en situación de rebeldía, estimo la misma y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio formado los referidos cónyuges, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.
No se hace una especial imposición en cuanto a las costas.
Firme que sea esta resolución, comuníquese al registro civil donde consta la inscripción del matrimonio, a fin de que se proceda a su anotación marginal, y déjese constancia de tal circunstancia en los autos.
Modo de impugnación: recurso de apelación en el plazo de veinte (20) días, desde la notificación de esta resolución, ante la Audiencia Provincial».
Y para que conste y sirva de notificación a Juan Martín Cordovés Nogueira, en paradero desconocido, expido y firmo el presente edicto.
Vigo, 28 de abril de 2015
La secretaria judicial