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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 94 Jueves, 21 de mayo de 2015 Pág. 20091

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (297/2013).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de seguridad social 297/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Francisco Fernández Puente contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) sobre seguridad social, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación.

Secretaria judicial: Susana Varela Amboage.

En Santiago de Compostela, 30 de marzo de 2015.

Habiendo recibido la prueba documental acordada por SSª como diligencia final, acuerdo, conforme a lo dispuesto en el artículo 88.1 LPL:

Dar traslado a las partes e indicarles que en el plazo de tres días pueden alegar por escrito lo que a su derecho convenga.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La secretaria judicial

Diligencia de ordenación.

Secretaria judicial: Susana Varela Amboage.

En Santiago de Compostela, 30 de abril de 2015.

El anterior exhorto recibido del servicio de actos de comunicación de Madrid informando del resultado negativo de la notificación dirigida a la codemandada Car Tres Motor, S.A.L. únase y consúltense las bases de datos a fin de averiguar el nuevo domicilio de la demandada.

A la vista del resultado de la averiguación domiciliaria y no constando ningún otro domicilio más que aquel en el que la notificación resultó negativa, notifíquese a la demandada Car Tres Motor, S.A.L. a medio de edictos a insertar en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y los datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La secretaria judicial

Y para que sirva de notificación en legal forma a Car Tres Motor, S.A.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 30 de abril de 2015

La secretaria judicial