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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 90 Viernes, 15 de mayo de 2015 Pág. 19037

III. Otras disposiciones

Fondo Gallego de Garantía Agraria

RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2015 por la que se comunica la modificación por la normativa básica estatal de diversos plazos establecidos en la Orden de 10 de marzo de 2015 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al sistema integrado de gestión y control.

La disposición final primera de la Orden de 10 de marzo de 2015 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al sistema integrado de gestión y control (Diario Oficial de Galicia núm. 48, de 11 de marzo) faculta a la directora del Fondo Gallego de Garantía Agraria, en el ámbito de sus competencias, para dictar las instrucciones precisas para la ejecución de dicha orden.

Mediante Orden del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente AAA/872/2015, de 12 de mayo, por la que se modifican, para el año 2015, diversos plazos establecidos en el Real decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, y en el Real decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la política agrícola común, se modifican los siguientes plazos y fechas previstos en los citados reales decretos:

Los plazos y fechas previstos en los artículos 15, 51, 95 y 96 del Real decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, para el año 2015, quedan modificados como sigue:

1. En el año 2015 la fecha en la que deberán estar a disposición del agricultor las parcelas agrícolas de hectáreas admisibles utilizadas para justificar derechos de ayuda, prevista en el artículo 15, será el día 15 de junio de 2015.

2. En el año 2015 el plazo en el que se podrán presentar modificaciones de los contratos, relativos a la ayuda asociada al tomate para industria, establecido en el artículo 51, finalizará el 15 de junio de 2015, inclusive.

3. En el año 2015 el plazo de presentación de la solicitud, prevista en el artículo 95, finalizará el 15 de junio de 2015, inclusive.

4. En el año 2015 el plazo para modificar la solicitud única la que se refiere el artículo 96 finalizará el 15 de junio de 2015, inclusive.

Los plazos y fechas previstos en los artículos 19, 21 y anexo IV del Real decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la política agrícola común, quedan modificados como sigue:

1. En las letras a), b) y c) del apartado 1 del artículo 19, las menciones a los plazos comprendidos entre el 16 de mayo de 2014 y 15 de mayo de 2015 se entenderán referidas al plazo comprendido entre el 16 de mayo de 2014 y el 15 de junio de 2015, ambos inclusive.

2. En la letra b) del apartado 1 del artículo 21, la mención al 15 de mayo de 2015 se entenderá referida al 15 de junio de 2015.

3. En el apartado 1.1 del número 1 «Régimen jurídico» del «Modelo de cláusula contractual personal adjunta al contrato de compraventa o arrendamiento de tierras conforme a lo establecido en el artículo 19, apartados 1 a) y 1 b) del presente real decreto» contenido en el anexo IV, la mención al 15 de mayo de 2015 se entenderá referida al 15 de junio de 2015.

4. En el número 4 «Acuerdo de aplicación de la cláusula contractual contemplada por los artículos 20 y 21 del Reglamento delegado (UE) núm. 639/2014, de la Comisión, de 11 de marzo de 2014», contenido en el anexo IV, la fecha de 31 de mayo de 2015 declarada en el primer punto del segundo párrafo se entenderá referida al 15 de junio de 2015.

En consecuencia, fruto de los cambios introducidos por la normativa básica estatal se modifican por esta los siguientes plazos contemplados en la Orden de 10 de marzo de 2015 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al sistema integrado de gestión y control (Diario Oficial de Galicia núm. 48, de 11 de marzo):

– Artículo 10.3: el plazo de presentación de la solicitud única finalizará el día 15 de junio, inclusive.

– Artículo 13.1: los solicitantes podrán presentar solicitudes de modificaciones de la solicitud única hasta el día 15 de junio.

– Artículo 20.2: el plazo de presentación de alegaciones y solicitudes de modificación del Sigpac será hasta el 15 de junio de 2015 para que las resoluciones tengan efecto sobre las superficies validadas de las solicitudes de ayuda tramitadas con la solicitud única en el año 2015.

– Artículo 32.2: el plazo de solicitud de derechos de pago básico de la reserva nacional será hasta el 15 de junio, inclusive.

– Artículo 33.2: el plazo de presentación de alegaciones y comunicaciones previas a la asignación de derechos de pago básico será hasta el 15 de junio, inclusive.

Santiago de Compostela, 13 de mayo de 2015

Patricia Ulloa Alonso
Directora del Fondo Gallego de Garantía Agraria