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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 89 Miércoles, 13 de mayo de 2015 Pág. 18851

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (PO 1106/2012-F).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber:

Que en el procedimiento ordinario 1106/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Luis Miguel Blanco Pérez contra la empresa Falcón Contratas y Seguridad, S.A., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Sentencia: 156/2015

Número de autos: 1106/2012

En la ciudad de A Coruña, veintitrés de marzo de dos mil quince

Jorge Hay Alba, magistrado juez del Juzgado de lo Social número 2 del Juzgado y localidad o provincia A Coruña, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes, de una y como demandante Luis Miguel Blanco Pérez, que comparece asistido del letrado Pedro Pedreira Candal, y de otra, como demandado, Falcon Contratas y Seguridad, S.A., que no comparece pese a estar citada en legal forma.

Fallo:

Que, estimando la demanda interpuesta por el actor, Luis Miguel Blanco Pérez, debo condenar y condeno a la empresa Falcón Contratas y Seguridad, S.A. a que abone al actor la cantidad de 4.960,80 euros por los conceptos reclamados en demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al anunciar el recurso entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banco de Santander de esta ciudad.

E igualmente deberá, en el momento de interponer el recurso, consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La extiendo yo, secretaria judicial, para hacer constar que en el día de hoy por el magistrado juez se deposita en la Secretaría de este juzgado la anterior sentencia para su notificación y publicidad en la forma permitida y ordenada por la Constitución y las leyes. Misma fecha que la sentencia. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Falcón Contratas y Seguridad, S.A., en ignorado paradero, expido la presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 22 de abril de 2015

Adelaida Egurbide Margañón
Secretaria judicial