Advertidos errores en orden citada, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 67, del viernes 10 de abril de 2015, es necesario hacer las siguientes correcciones:
En la página 13788, artículo 8.2.B), donde dice: «b) Documentación que acredite el cumplimiento de la obligación de remisión al Consejo de Cuentas de las cuentas generales del último ejercicio.», debe decir: «b) Certificación del/de la secretario/a de haber remitido al Consejo de Cuentas de Galicia las cuentas del último ejercicio de la entidad local.»
Y en la página 13803, disposición adicional tercera, donde dice: «La concesión de las ayudas y subvenciones previstas para el año 2015 en esta orden estará sujeta a la existencia de crédito presupuestario. De ser el caso, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.4 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se publicará mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de Trabajo y Economía Social el gasto de las partidas presupuestarias asignadas.», debe decir: «La concesión de las ayudas y subvenciones previstas para el año 2015 en esta orden estará sujeta a la existencia de crédito presupuestario.»