Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 88 Martes, 12 de mayo de 2015 Pág. 18731

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (PO 1175/2012).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 1175/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Isabel Cacheda Gómez contra la empresa O Poliño, S.L., Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva se adjunta:

«Sentencia: 216/2015

Número de autos: 1175/2012

En la ciudad de A Coruña a veinte de abril de dos mil quince

Jorge Hay Alba, magistrado juez del Juzgado de lo Social número 2 del juzgado y localidad o provincia de A Coruña, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes, de una y como demandante María Isabel Cacheda Gómez, que comparece asistida del letrado Sr. Nogueira Esmorís, y de otra como demandado O Poliño, S.L., y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), que no comparecen pese a estar citados en legal forma.

Fallo.

Que, estimando la demanda interpuesta por la actora María Isabel Cacheda Gómez, con citación del Fogasa, debo condenar y condeno a la empresa O Poliño, S.L. a que abone a la actora la cantidad de 8.662,22 euros por los conceptos reclamados en demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al anunciar el recurso entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banco de Santander de esta ciudad.

E igualmente deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a O Poliño, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 20 de abril de 2015

Adelaida Egurbide Margañón
Secretaria judicial