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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 83 Martes, 5 de mayo de 2015 Pág. 17399

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 7 de abril de 2015, de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sobre la aprobación definitiva del proyecto de la delimitación del suelo del núcleo rural común de Sobreosmuíños, en el ayuntamiento de A Mezquita (Ourense).

El Ayuntamiento de A Mezquita eleva, para su aprobación definitiva, el expediente de delimitación del suelo del núcleo rural común de Sobreosmuíños, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia (en adelante, LOUG).

I. Antecedentes.

I.1. El Ayuntamiento de A Mezquita no cuenta con ninguna figura de planeamiento general, por lo que son de aplicación las normas complementarias y subsidiarias de la provincia de Ourense, aprobadas definitivamente el 3 de abril de 1991.

El Ayuntamiento está tramitando la redacción del Plan general de ordenación municipal, documento que obtuvo el informe previo a la aprobación inicial de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo en fecha 20 de septiembre de 2012.

I.2. La tramitación hasta el momento de la delimitación de suelo de núcleo rural fue la siguiente:

• El 21 de febrero de 2013 fue emitido informe técnico municipal.

• El Ayuntamiento sometió la delimitación a información pública durante el plazo de un mes, mediante anuncios en los diarios Faro de Vigo de 26 de febrero y La Voz de Galicia de 27 de febrero de 2013, y en el DOG de 15 de marzo de 2013. No se presentó ningún alegato.

• Consta informe favorable de 25.3.2013, de la Confederación Hidrográfica del Duero del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, con una serie de consideraciones.

• Consta informe de 12.4.2013, de la Agencia Gallega de Infraestructuras de la CMATI, en el que se señala que no es necesario informe.

• Consta informe favorable de 28.8.2013, de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento.

• Consta informe desfavorable de 16.9.2013 y favorable de 28.3.2014, de la Dirección General del Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

• Consta informe jurídico municipal de 8 de abril de 2014.

• El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el 15 de abril de 2014, aprobó provisionalmente la delimitación de suelo de núcleo rural.

• El 23 de mayo de 2014, la Jefatura del Servicio de Urbanismo de Ourense, una vez analizada la integridad documental del PGOM, solicitó al ayuntamiento la documentación pertinente para solventar las deficiencias señaladas en el requerimiento.

• El Ayuntamiento sometió nuevamente a información pública la delimitación del núcleo con las modificaciones efectuadas, durante el plazo de un mes, mediante anuncios en el DOG de 3 de septiembre y en los diarios Faro de Vigo y La Voz de Galicia de 4 de septiembre de 2014. Durante el período de exposición no se presentó ninguna alegación.

• El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 19.12.2014, aprobó provisionalmente la delimitación del núcleo rural común de Sobreosmuíños.

II. Análisis de la delimitación de suelo de núcleo rural.

Una vez analizado el expediente remitido por el Ayuntamiento de A Mezquita y vista la propuesta suscrita por la Subdirección General de Urbanismo, se observó:

II.1. El ámbito de actuación comprende el asentamiento rural Sobreosmuíños, identificado administrativamente en el Decreto 332/1996, de 26 de julio, por el que se aprueba el nomenclátor correspondiente a las entidades de población de la provincia de Ourense.

II.2. El objeto del proyecto es la delimitación del núcleo rural de Sobreosmuíños, al amparo de lo establecido en el apartado 2 de la disposición adicional segunda de la LOUG.

II.3. Se delimita el asentamiento poblacional de Sobreosmuíños como núcleo rural común, con una superficie de 105.358 m2, en dos zonas, conforme a lo establecido en el artículo 13 de la LOUG y en el punto 3.1.7 de las determinaciones de las directrices de Ordenación del Territorio, aprobadas por el Decreto 19/2011, de 10 de febrero.

II.4. El asentamiento consta de 42 viviendas, de las que 12 tienen la consideración de tradicionales, con una consolidación edificatoria del 35 % según el cálculo numérico.

II.5. El documento fija las condiciones de uso y de edificación de los terrenos delimitados y define el trazado viario, asumiendo en algunas partes las alineaciones existentes y revisando los anchos de los viales situados al norte de la carretera N-525. Además, se identifica como bien catalogado un grupo de viviendas en el centro del núcleo rural.

II.6. Los espacios situados al norte y al sur de la carretera nacional N-525 se clasifican como núcleo rural común destinado a sistema viario. Al respeto, hace falta subrayar que el informe favorable del Ministerio de Fomento establece que la línea límite de edificación de la carretera N-525 deberá situarse a 25 m de la arista exterior de la calzada.

De acuerdo con el punto 2 de la disposición adicional segunda de la LOUG y con el artículo 12.1.b) del Decreto 316/2009, de 4 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, la competencia para resolver sobre la aprobación definitiva de los expedientes de delimitación de suelo de núcleos rurales corresponde a la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

III. Resolución.

Visto cuanto antecede,

RESUELVO:

Primero. Aprobar definitivamente el proyecto de delimitación del suelo del núcleo rural común de Sobreosmuíños, ayuntamiento de A Mezquita, con sujeción a la condición establecida en el apartado II.6 anterior.

Segundo. Contra esta resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con el dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Tercero. Notifíquese al ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 7 de abril de 2015

María Encarnación Rivas Díaz
Secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo

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