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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 76 Jueves, 23 de abril de 2015 Pág. 15613

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Turismo de Galicia

CÉDULA de 9 de abril de 2015, del Área Provincial de Turismo de Lugo, por la que se notifica el acuerdo de iniciación de 24 de febrero de 2015 relativo al expediente sancionador LU-4/15, por infracción grave en materia de turismo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la interesada que a continuación se relaciona el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador en materia de turismo, por infracción administrativa de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia, expediente número LU-4/15, incoado al titular del establecimiento de Sarria denominado O Antoxo, ubicado en la calle Calvo Sotelo, 211, del ayuntamiento de Sarria, ya que intentada la notificación por los medios habituales no se ha podido practicar.

Se nombra instructora del procedimiento a Mercedes Campos Casares y secretaria a María del Carmen Enríquez Río, funcionarias de esta Área Provincial de Turismo, siendo su régimen de recusación el previsto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.

Según lo establecido en el artículo 16.1 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, la interesada dispondrá de un plazo de quince (15) días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para presentar por escrito cuantas alegaciones, documentos o informaciones considere convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse.

Con arreglo a lo establecido en el artículo 13.2 del Real decreto 1398/1993, de no efectuar alegaciones en el plazo anteriormente indicado, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose, a estos efectos, el importe de la sanción.

El pago voluntario podrá poner fin al expediente. Para efectuarlo deberá utilizar el impreso normalizado que le será facilitado en el Área Provincial de Turismo, sita en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia, en la ronda de la Muralla de Lugo.

El órgano competente para la resolución del procedimiento es la directora de la Agencia Turismo de Galicia, según lo dispuesto en el artículo 119.1.b) de la Ley 7/2011, y en el Decreto 196/2012, de 27 de septiembre, por el que se crea la Agencia Turismo de Galicia y se aprueban sus estatutos.

Lo que se le comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE núm. 189, de 9 de agosto).

Expediente: LU-4/2015.

Denunciada: Alousa 2012, S.L.

Establecimiento: O Antoxo.

Dirección: calle Calvo Sotelo, 211. Localidad: Sarria.

Hechos denunciados: utilizar denominaciones, rótulos o distintivos diferentes a los que correspondan según la normativa turística.

Precepto infringidos: artículo 110.4 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, de turismo de Galicia.

Calificación: grave.

Sanción: 1.000 €.

Lugo, 9 de abril de 2015

Paloma Vázquez Fernández
Jefa del Área Provincial de Turismo de Lugo