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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 76 Jueves, 23 de abril de 2015 Pág. 15521

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

DECRETO 58/2015, de 9 de abril, por el que se aprueba el cambio de denominación del Colegio Oficial de Decoradores de Galicia, que pasa a denominarse Colegio Oficial de Diseñadores de Interior/Decoradores de Galicia.

Mediante Ley orgánica 16/1995, de 27 de diciembre, se lleva a cabo a transferencia de competencias de titularidad estatal a la Comunidad Autónoma de Galicia, utilizando la vía prevista en el artículo 150.2 de la Constitución. En concreto, en su artículo 3, transfiere a nuestra comunidad las competencias de desarrollo legislativo y ejecución en materia de corporaciones de derecho público representativas de intereses económicos y profesionales, en el marco de la legislación básica del Estado.

La propia Ley orgánica prevé, tal y como expone el mandato constitucional, la transferencia de servicios necesarios, que se lleva a cabo de forma efectiva a través del Real decreto 1643/1996, de 5 de julio, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de colegios oficiales o profesionales.

Teniendo en cuenta dicho traspaso, el Decreto 337/1996 estableció la asunción de funciones transferidas a la Comunidad Autónoma de Galicia por el Real decreto 1643/1996, asignándole las funciones a la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales (en la actualidad Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, según estructura establecida en el Decreto 72/2013, de 25 de abril).

La Ley 11/2001, de 18 de septiembre, de colegios profesionales de la Comunidad Autónoma de Galicia, dictada en virtud de dicha competencia, regula en su artículo 13 el procedimiento de modificación de denominación de un colegio profesional, atribuyendo facultades de iniciativa al propio colegio, a la Administración autonómica o al consejo gallego respectivo, señalando que la aprobación del cambio de denominación se realizará por decreto del Consello de la Xunta de Galicia.

La Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, de conformidad con las facultades atribuidas por la normativa vigente en materia de colegios profesionales, tramitó el procedimiento de modificación de la denominación del Colegio Oficial de Decoradores de Galicia, a petición del propio colegio, que solicita la modificación de su denominación pasando a llamarse Colegio Oficial de Diseñadores de Interior/Decoradores de Galicia, por considerarla adecuada a la normativa vigente.

En virtud de lo señalado, a propuesta del vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, previa deliberación del Consello da Xunta de Galicia en su reunión del nueve de abril de dos mil quince,

DISPONGO:

Artículo único. Cambio de denominación

Aprobar el cambio de denominación del Colegio Oficial de Decoradores de Galicia, que pasa a denominarse Colegio Oficial de Diseñadores de Interior/Decoradores de Galicia.

Disposición final única. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, nueve de abril de dos mil quince

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y Conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia