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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 74 Martes, 21 de abril de 2015 Pág. 15217

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña

EDICTO (55/2013).

Juan Rey Pita, secretario del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancia de Marcelino Rodríguez Cousillas contra Industrias Gelucho Romar, S.A., Hijos GR Carpintería 2001, S.L., Reale Seguros Generales, S.A., Galibrokers, S.L., Portomen, S.L., Eduardo Vaquero Golpe y Seguros Catalana Occidente, en reclamación de cantidad, registrado con el número de procedimiento ordinario 55/2013, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a Industrias Gelucho Romar, S.A., Hijos GR Carpintería 2001, S.L., Portomen, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 5.5.2015 a las 12.00 horas, en la planta 1, sala 1, Edificio de los Juzgados, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio. Pueden comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a Industrias Gelucho Romar, S.A., Hijos GR Carpintería 2001, S.L., Portomen, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 26 de marzo de 2015

El secretario judicial