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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 72 Viernes, 17 de abril de 2015 Pág. 14886

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 26 de febrero de 2015 por la que se notifica la imposición de una quinta multa coercitiva, devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su notificación (expediente IU3/148/2011-E1).

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 24 de noviembre de 2014, resolución por la que se impone una quinta multa coercitiva, derivada del expediente de reposición de la legalidad urbanística 107 B 2006/127-0 como consecuencia de incumplir lo ordenado en las resoluciones de 22.10.2007, 1.10.2009, 1.3.2010, 28.9.2011, 6.8.2012 y 12.3.2013, en las que se ordenaba la demolición de una nave industrial, en el lugar de Graveira-Casanova, en el término municipal de Coles, por resultar incompatible con el ordenamiento urbanístico vigente.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución Maderas Cordeiro, S.A. y Maderas Rías Baixas, promotoras de dicha construcción, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica a los interesados dicha resolución.

Teniendo en cuenta que el acto no se publica en su integridad, se comunica a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, los interesados pueden interponer recurso de reposición ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la notificación, o bien, si no ejercitan su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación a las citadas interesadas, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 26 de febrero de 2015

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística