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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 70 Miércoles, 15 de abril de 2015 Pág. 14553

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Trabajo y Bienestar

CÉDULA de 23 de marzo de 2015, de la Jefatura Territorial de Vigo, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador RL 2014/0199-4, incoado por infracción administrativa en el orden social.

Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, por la presente cédula se notifica a la empresa relacionada la resolución recaída en el expediente sancionador correspondiente.

Dispone de un plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, para examinar la resolución en las dependencias de esta jefatura territorial, en el Servicio de Trabajo y Economía Social, Sección de Sanciones, sitas en la calle Concepción Arenal, 8, 2ª planta en Vigo (Pontevedra), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes.

Expediente: RL 2014/0199-4.

Acta: I362014000077051.

Empresa: Promociones Ezequiel Massoni, S.L.

DNI/NIF: B-36 122 166.

Dirección: Tomás A. Alonso, 140, bajo; Vigo.

Materia: seguridad y salud.

Preceptos infringidos: artículo 11.1.b) en relación con lo dispuesto en el artículo 7.3, ambos del Real decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, en relación con lo dispuesto en el anexo IV, parte C punto 3.b), así como el anexo II, puntos 4.2.2 y 4.2.4 del Real decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo; artículo 201 del V Convenio colectivo del sector de la construcción, aprobado por Resolución de 28 de febrero de 2012, y artículo 14.2 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

Preceptos sancionadores: artículos 12.23.b), 39.3.a), 40.2.b), 12.28.c), 39.6, 11.5 y 40.2.a) del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.

Fecha de la resolución: 13.2.2015.

Resolución: multa de 5.346 €.

Se hace saber a la interesada que puede formular recurso de alzada ante la Directora General de Trabajo y Economía Social, en el término de un mes, contado desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Se le advierte que, de no ser interpuesto en el tiempo y forma que procedan, deberá abonar la multa impuesta mediante la necesaria utilización del impreso que podrá solicitar en la Jefatura Territorial de Vigo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, en el número de cuenta y en la entidad bancaria y plazo que en él se señala, ya que, en otro caso, se incoará el procedimiento por la vía de apremio ante la Consellería de Hacienda.

Vigo, 23 de marzo de 2015

María Peón Fernández
Jefa territorial de Vigo