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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 65 Miércoles, 8 de abril de 2015 Pág. 13347

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2015, de la Dirección General de Relaciones Institucionales y Parlamentarias, por la que se ordena la publicación del acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia en relación con la Ley 9/2014, de 9 de mayo, general de telecomunicaciones.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, esta dirección general dispone la publicación del acuerdo que figura como anexo a esta resolución.

Santiago de Compostela, 13 de marzo de 2015

Blanca García-Señoráns Álvarez
Directora general de Relaciones Institucionales y Parlamentarias

ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia en relación con la Ley 9/2014, de 9 de mayo, general de telecomunicaciones

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado Comunidad Autónoma de Galicia, en su reunión celebrada el día 2 de febrero, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Primero. De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el grupo de trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia, de 17 de julio de 2014, para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales manifestadas en relación con los artículos 5, 10.2, 29.3, 32, 34, 35, 36, disposición adicional decimocuarta, disposiciones transitorias séptima, novena y duodécima y disposición final novena de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, general de telecomunicaciones, consideran solventadas dichas discrepancias de conformidad con los siguientes compromisos:

a) La regulación de las telecomunicaciones y la determinación del régimen jurídico de las telecomunicaciones que lleva a cabo la Ley 9/2014, de 9 de mayo, general de telecomunicaciones, en especial, en lo relativo al despliegue de las redes e instalación de infraestructuras de telecomunicaciones, se entiende sin perjuicio y con pleno respeto a las competencias constitucional y estatutariamente reconocidas a las comunidades autónomas en materia de ordenación del territorio, urbanismo o medio ambiente, entre otras.

b) La Administración general del Estado y las comunidades autónomas aplicarán con lealtad y la coordinación debida los instrumentos de colaboración normativos y de relaciones interadministrativas diseñados por la Ley 9/2014, de 9 de mayo, general de telecomunicaciones, de forma que se facilite y fomente el despliegue de las redes y la instalación de infraestructuras de telecomunicaciones a partir del mutuo respeto de la respectiva esfera competencial.

c) La Administración general del Estado se compromete a que en el desarrollo reglamentario de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, general de telecomunicaciones, se diseñen instrumentos de colaboración adicionales dirigidos a reforzar la imbricación de competencias entre la Administración general del Estado y las comunidades autónomas y a profundizar en la negociación de soluciones que, con pleno respeto competencial, impulsen y fomenten el despliegue de las redes y la instalación de infraestructuras de telecomunicaciones.

Segundo. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia.

Madrid, 2 de febrero de 2015

Cristóbal Montoro Romero
Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia