Expediente: IN407A 2014/208-1.
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Denominación: LMTS, CTC y RBT Rocha Nova.
Ayuntamiento: Santiago de Compostela.
Características técnicas:
LMT subterránea a CTC Rocha Nova a 20 kV con una longitud de 2×575 m, con el origen en la LMTS a CT Rocha Vella III (expediente 260/97), conductor tipo RHZ1-12/20 kV 3×240 Al, y final en la misma línea una vez entre y salga del CTC proyectado.
Centro de transformación prefabricado Rocha Nova con una potencia de 250 kVA, y una relación de transformación de 20.000/400-230 V.
Legislación de aplicación:
– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 1 de diciembre).
– Resolución de 19 de febrero de 2014 por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo de 2014).
– Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 16, de 19 de enero y BOE núm. 30, de 4 de febrero).
– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figuran en el anexo que se inserta junto a esta resolución.
La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
Esta publicación se hace igualmente a efectos del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los titulares de los terrenos propuestos sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien, intentada la notificación, no se ha podido realizar, y de esta forma dirigir al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan sobre estos, de conformidad con el artículo 5 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa.
Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán examinar el expediente y presentar alegaciones en la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria, sita en la calle Vicente Ferrer, 2, 2ª planta, 15071 A Coruña, en el plazo de veinte días, a partir del día siguiente al de la última publicación de esta resolución.
A Coruña, 26 de febrero de 2015
Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña
Anexo
Expediente: IN407A 2014/208-1.
Proyecto: LMTS, CTC y RBT Rocha Nova.
Ayuntamiento: Santiago de Compostela.
Relación de propietarios, bienes y derechos afectados:
Finca |
Paraje |
Cultivo |
Nombre y apellidos |
Afecciones |
1 |
Rocha Nova |
Prado |
Hros. Marina Iglesias Otero |
CT y acceso, m2: 43.5 |
2 |
Rocha Nova |
Prado |
Hros. Juan García Lojo y María Miranda Piñeiro |
CT y acceso, m2: 7.5 |