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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 61 Martes, 31 de marzo de 2015 Pág. 12572

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (609/2012).

Yo, María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 609/2012 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de María Jesús Sanjurjo Ferreiro, María Jesús Iglesias Figueira, María Mar Suárez Suárez, Mhirta Manteiga Rivas, Nieves Pampín Martínez, Pilar Mosquera de la Iglesia contra la empresa Indipunt, S.L., Textil Bastian, S.L., Fondo de Garantía Salarial, Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Sentencia: 136/2015.

Número de autos: 609/2012.

A Coruña, 6 de marzo de 2015.

Jorge Hay Alba, magistrado juez del Juzgado de lo Social número 2 del juzgado y localidad o provincia de A Coruña, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes, de una y como demandante María Jesús Sanjurjo Ferreiro, María Jesús Iglesias Figueira, María Mar Suárez Suárez, Mhirta Manteiga Rivas, Nieves Pampín Martínez, Pilar Mosquera de la Iglesia, que comparecen asistidos del letrado Sr. David Pena Díaz, y de otra como demandado Indipunt, S.L., que comparece representada y asitida por el letrado Sr. Iago Romero Sánchez, Textil Bastian, S.L., y el Fondo de Garantía Salarial, que a pesar de estar citadas en legal forma no comparecen.

Fallo:

Que estimando en parte la demanda interpuesta por las actoras María Jesús Sanjurjo Ferreiro, María Jesús Iglesias Figueira, María Jesús Suárez Suárez, Mhirta Manteiga Rivas, Nieves Pampín Martínez y Pilar Mosquera de la Iglesia, con citación del Fogasa, debo condenar y condeno a la empresa Textil Bastian, S.L., a que abone 3.760,26 € a favor de la Sra. Sanjurjo, 3.814,96 € a favor de la Sra. Iglesias, 4.064,44 € a favor de la Sra. Suárez, 4.760,80 € a favor de la Sra. Manteiga, 5.007,42 € a favor de la Sra. Pampin y 715,40 € a favor de la Sra. Mosquera.

Se absuelve a Indipunt, S.L.

Notifíquese esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra la misma solo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al anunciar el recurso entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la “cuenta de depósitos y consignaciones” que este juzgado tiene abierta en Banco de Santander de esta ciudad.

E igualmente deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La extiendo yo, secretaria judicial, para hacer constar que en el día de hoy por el magistrado juez se deposita en la secretaría de este juzgado la anterior sentencia para su notificación y publicidad en la forma permitida y ordenada por la constitución y las leyes. Misma fecha que la sentencia. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Textil Bastian, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 10 de marzo de 2015

La secretaria judicial