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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 55 Lunes, 23 de marzo de 2015 Pág. 11458

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

ANUNCIO de 4 de marzo de 2015, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se comunica a los posibles titulares de derechos e intereses, el acuerdo adoptado por este jurado, relativo a los expedientes 22/76 y 117/75.

En la sesión celebrada por el Jurado Provincial con fecha de 26 de febrero de 2015, figura el acuerdo siguiente:

Monte de Anguieiros (expediente 22/76), perteneciente a los vecinos del lugar de Anguieiros, de la parroquia de Montefurado, en el municipio de Quiroga, y clasificado como vecinal en mano común por resolución del Jurado Provincial con fecha de 14 de diciembre de 1976, y monte de Enciñeira (expediente 117/75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Enciñeira, en el municipio de Quiroga, y clasificado como vecinal en mano común por resolución del Jurado Provincial con fecha de 7 de julio de 1976. Con fecha de 5 de junio de 2014, tuvo entrada escrito firmado por José Ramón González Rodríguez, como ingeniero redactor, dando traslado de un acuerdo de deslinde de avenencia practicado entre estas comunidades, en cuanto a la líneas divisorias que separan los dos montes, aprobado mediante acto conciliatorio celebrado el 28 de mayo de 2014, ante el Juzgado de Paz de Quiroga; adjuntan acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación levantada en el juzgado y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas. Dado traslado del anterior deslinde al Servicio de Montes, emite informe, con fecha de 15 de diciembre de 2014, en el que se especifica que no fue posible el levantamiento de la línea, y consecuentemente, la definición de los montes en gran parte de la longitud definida, por lo que solo se procedió a definir el nuevo perímetro en la longitud entre los vértices codificados en la propuesta como P1 y P3, en el tramo que lindan los montes vecinales; el resto de la longitud no se pudo considerar al no existir monte en una de las partes. Teniendo en cuenta lo anterior el monte de Anguieiros, queda con una superficie de 162,55 hectáreas, y el monte de Enciñeira, con una superficie de 923,91 hectáreas. Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda, aprobar el deslinde por avenencia practicado, y proceder a las oportunas modificaciones en los expedientes respectivos, con las matizaciones que constan en el informe técnico.

Desconociendo el nombre y dirección de los posibles titulares de derechos e intereses sobre los referidos montes, por medio del presente anuncio, y conforme a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se pone en su conocimiento el anterior acuerdo.

Lugo, 4 de marzo de 2015

José Ramón Losada Fernández
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes
Vecinales en Mano Común de Lugo