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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 45 Viernes, 6 de marzo de 2015 Pág. 9420

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 9 de enero de 2015 por la que se autoriza la transmisión mortis causa de las concesiones de las bateas Chaval, Grandín y Lira.

Vistos los expedientes instruidos a efectos de transmisión de las bateas Chaval, Grandín y Lira y de las concesiones administrativas que los amparan, resulta:

a) Antecedentes de hecho.

Primero. Mediante escrito de 11.12.2014, Carlos Iglesias Cores, en representación de la comunidad de herederos de José Manuel Iglesias Suárez, solicitó autorización para la transmisión de las concesiones de las bateas Chaval, Grandín y Lira.

Segundo. El interesado aportó la documentación requerida para la tramitación.

Tercero. Los informes del Servicio de Protección de los Recursos sobre las características de las bateas y del Servicio Técnico-Jurídico sobre la tramitación de los expedientes son favorables.

b) Fundamentos jurídicos.

Primero. Este órgano es competente para resolver los expedientes de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, y con la Ley 6/2009, de 11 de diciembre, que la modifica, y con la Resolución de 12 de abril de 2012, de delegación de firma en materia de acuicultura en los titulares de las jefaturas de coordinación del Área del Mar de la Consellería del Medio Rural y del Mar.

Segundo. Los expedientes siguieron todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, la propuesta de resolución elaborada por el Servicio de Recursos Marinos, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión mortis causa, a favor de Luisa Suárez Vázquez (35400321-D), Julia Iglesias Suárez (35438953-R), Mª Luisa Iglesias Suárez (35438968-Q), Patricia Iglesias Suárez (35460403-S), Carlos Iglesias Cores (35464565-Z) y Mario Iglesias Cores (35464564-J), de las concesiones que se indican a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Chaval.

Situación:

Cuadrícula nº: 54.

Polígono: C.

Distrito: Cambados (Pontevedra).

Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 28.9.1973.

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Tipo: batea.

Nombe: Grandín.

Situación:

Cuadrícula nº: 59.

Polígono: C.

Distrito: Cambados (Pontevedra).

Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 8.11.1972.

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Tipo: batea.

Nombe: Lira.

Situación:

Cuadrícula nº: 5.

Polígono: C.

Distrito: Cambados (Pontevedra).

Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 17.10.1973.

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Actuales titulares: Luisa Suárez Vázquez (35400321-D), José Manuel Iglesias Suárez, Julia Iglesias Suárez (35438953-R), Mª Luisa Iglesias Suárez (35438968-Q) y Patricia Iglesias Suárez (35460403-S).

Nuevos titulares: Luisa Suárez Vázquez (35400321-D), Julia Iglesias Suárez (35438953-R), Mª Luisa Iglesias Suárez (35438968-Q), Patricia Iglesias Suárez (35460403-S), Carlos Iglesias Cores (35464565-Z) y Mario Iglesias Cores (35464564-J).

Los nuevos titulares de las concesiones se subrogan en los derechos y obligaciones de los anteriores.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante la conselleira del Medio Rural y del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos (2) meses, a contar en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 9 de enero de 2015

P.D. firma (Resolución de 12.4.2012)
Sonia Lorenzo Santos
Jefa de Coordinación del Área del Mar de Vigo