En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, de 27 de diciembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14 de enero) se le notifican a la persona que a continuación se relaciona la incoación de los expedientes sancionadores OU-S-04/2015 y OU-S-05/2015, ya que, intentadas por los medios habituales, no se pudieron practicar.
Dispone de un plazo de quince días para presentar, ante la instructora del procedimiento, las alegaciones, documentos e informaciones que estime convenientes, así como proponer que se practiquen los medios de prueba de las que pretenda valerse.
Expediente: OU-S-04/2015.
Titular sancionado: Graciane Máximo de Morais.
Establecimiento: El Francés.
Domicilio: nacional 532, km 12,6, Feces de Abaixo.
Localidad: Verín.
Incoación: 26 de enero de 2015.
Precepto infringido: artículo 109.2.a) y 109.2.b) de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, de turismo de Galicia.
Expediente: OU-S-05/2015.
Titular sancionado: Graciane Máximo de Morais.
Establecimiento: El Francés.
Domicilio: nacional 532, km 12,6, Feces de Abaixo.
Localidad: Verín.
Incoación: 26 de enero de 2015.
Precepto infringido: artículo 110.7) de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, de turismo de Galicia.
Ourense, 19 de febrero de 2015
Antonio Aguarón Turrientes
Jefe del Área Provincial de Turismo de Ourense