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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 42 Martes, 3 de marzo de 2015 Pág. 8808

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 26 de enero de 2015, de la Dirección General de Innovación y Gestión de la Salud Pública, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador 2014071AM-OU por infracción en materia sanitaria.

Con fecha 19 de diciembre de 2014, la directora general de Innovación y Gestión de la Salud Pública dictó resolución del expediente sancionador 2014071AM-OU iniciado en la Jefatura Territorial de Pontevedra a Rodrisan, S.C. (Hotel El Relojero).

Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no siendo posible su práctica, por medio de esta cédula, y siguiendo lo dispuesto en el número 5 del referido artículo, se notifica a Rodrisan, S.C. (Hotel El Relojero) el contenido de la resolución que figura como anexo, para que pueda tener conocimiento de él.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste para interponer recurso de alzada ante la conselleira de Sanidade en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente cédula, según establece el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta dirección general, situada en San Lázaro s/n, Santiago de Compostela, y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En caso de conformidad con el contenido de esta resolución, el abono voluntario de la sanción podrá hacerse en el siguiente plazo: 1) las notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato día hábil siguiente; 2) las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato día hábil siguiente. Todo esto mediante el ingreso que deberá efectuar en cualquier oficina de Abanca; del BBVA, transacción 1316, NIF S1511001H, o del Santander, empleando los impresos normalizados que se le facilitarán en las dependencias de esta dirección general. El pago voluntario pondrá fin al expediente. De no hacerlo así, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

La presente cédula se expide para que conste y le sirva de notificación a la interesada, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Santiago de Compostela, 26 de enero de 2015

Sonia Martínez Arca
Directora general de Innovación y Gestión de la Salud Pública

ANEXO

Nº expediente: 2014071AM-OU

Denunciada: Rodrisan, S.C. (Hotel El Relojero ).

Documento de identificación: J32333064.

Última dirección conocida: calle Beato Sebastián Aparicio, 17, 32540 A Gudiña, Ourense.

Hecho imputado: infracción en materia sanitaria.

Preceptos infringidos:

– Artículos 8 y 14 del Real decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis

– Artículos 4 y 10 del Decreto 9/2001, de 11 de enero, por el que se regulan los criterios sanitarios para la prevención de la contaminación por legionela en las instalaciones térmicas.

– Artículo 32 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad (BOE núm. 102, de 29 de abril de 1986).

– Artículo 56 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública (BOE núm. 240, de 5 de octubre de 2011).

– Norma UNE 100030 IN Guía para la prevención y control de la proliferación y diseminación de legionela en instalaciones.

Tipificación: grave.

Sanción impuesta: 4.500 €.