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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 40 Viernes, 27 de febrero de 2015 Pág. 8459

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 10 de febrero de 2015 por la que se notifica la resolución del recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 26 de marzo de 2014 dictada en el expediente IU3/215/2011-A1R1, devuelta por el servicio de Correos.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó el 15 de enero de 2015, la resolución por la cual se desestima el recurso potestativo de reposición interpuesto por María Adelina Alves Machado, contra la Resolución de 26 de marzo de 2014, dictada por la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en la que se imponía una primera multa coercitiva como consecuencia de incumplir lo ordenado en la Resolución de 8 de noviembre de 2012 en la que se le ordenaba la demolición de una edificación destinada a uso residencial y una caseta de ladrillo sin recebar para resguardar la bomba de presión para el agua, en el lugar de As Regas, parroquia de Carballido, en el término municipal de Lugo.

Al no poder realizarse la notificación personal de la referida resolución a la citada interesada, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifica a la citada interesada dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se le hace saber a la interesada que el texto íntegro de la resolución que se le notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el Edificio Witland, 1ª planta, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, la interesada podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada ley.

Para que conste y sirva de notificación a la interesada en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 10 de febrero de 2015

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística