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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 33 Miércoles, 18 de febrero de 2015 Pág. 6841

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (4549/2014).

M. Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de la sección nº 1 de la sala segunda del Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso de suplicación 4549/2014 MCR de esta sección, seguido a instancia de Campus na Nube, S.L. (antes Tórculo Artes Gráficas, S.A.), Tórculo Artes Gráficas, S.A. contra Fogasa, Fotocopias Maxin, S.L.U., María Carmen Ferreiro Campos, Administración Concursal Fotocopias Maxin (María Sierra Rodríguez) sobre despido disciplinario, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de Tórculo Artes Gráficas, S.A. y Campus na Nube, S.L. contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, de 9 de junio de 2014 en autos nº 897/2013, que confirmamos.

Dése el destino legal a los depósitos efectuados por las empresas recurrentes, a las que condenamos a abonar los honorarios de letrado de la parte actora-impugnante de la suplicación por importe de quinientos cincuenta euros (550 euros).

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de este Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sala de lo social.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar:

– El depósito de 600 euros en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37 seguida del cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 37 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Fotocopias Maxin, S.L., expido el presente para su inserción en el DOG.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 30 de enero de 2015

La secretaria judicial