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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 33 Miércoles, 18 de febrero de 2015 Pág. 6868

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 28 de enero de 2015, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de A Pobra do Caramiñal (expediente IN407A 2014/101).

Visto el expediente para otorgar la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Nº de expediente: IN407A 2014/101.

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: avda. de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.

Denominación: LMT y CTC polígono industrial A Tomada-fase II.

Situación: A Pobra do Caramiñal.

Características técnicas:

• Retirada de un tramo de 321 m de línea de media tensión aérea LMT PMR-805 (expediente 257/2003) comprendido entre el apoyo existente nº 10/1 (expediente 163/2013) y apoyo nº 13 (expediente 257/2003), así como la retirada de los apoyos nº 11, 12 y 13.

• Línea de media tensión subterránea a CT nº 1 proyectado, a 20 kV, con una longitud de 316 m, con origen en el paso aereo-subterráneo proyectado en el apoyo nº 10/1 (expediente 163/1013), conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3 (1×240 mm2 Al) y final en celda de línea del CT nº 1 proyectado.

• Línea de media tensión subterránea a CT nº 2 proyectado, a 20 kV, con una longitud de 273 m, con origen en celda de línea del CT nº 1 proyectado, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3 (1×240 mm2 Al), y final en celda de línea del CT nº 2 proyectado.

• Línea de media tensión subterránea a CT nº 3 proyectada, a 20 kV, con una longitud de 142 m, con origen en celda de línea del CT nº 2 proyectado, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3 (1×240 mm2 Al), y final en celda de línea del CT nº 3 proyectado.

• Línea de media tensión subterránea a la línea de media tensión subterránea polígono A Tomada (expediente 257/03), a 20 kV, con una longitud de 981 m, con origen en celda de línea del CT nº 3 proyectado, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3 (2×240 mm2 Al), y final en arqueta proyectada en la línea polígono A Tomada (expediente 257/03) entre el apoyo nº 13 y el CT polígono de A Tomada nº 4.

• Centro de transformación prefabricado nº 1, con una potencia de 630 kVA, y una relación de transformación de 20.000/400-230 V.

• Centros de transformación prefabricados nº 2 y nº 3, con una potencia de 400 kVA cada uno, y una relación de transformación de 20.000/400-230 V.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE nº 310), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE nº 310), por lo que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Esta instalación está previsto que se ejecute en un plazo de un año, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 107, 110, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), sin prejuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 28 de enero de 2015

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña