De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones que el jefe territorial dictó en los expedientes sancionadores instruidos por infracción de la normativa sobre transporte terrestre, porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar.
Se les informa que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el director general de Movilidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.
En caso de conformidad con la resolución sancionadora, el interesado deberá abonar la multa impuesta, empleando el modelo impreso que se facilitará en este Servicio de Movilidad.
En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en el artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Para que conste y les sirva de notificación a los interesados, firmo y sello esta cédula.
Lugo, 21 de enero de 2015
Mª del Pilar Represa Fernández
Jefa del Servicio de Movilidad de Lugo
ANEXO
Expediente Matrícula Denunciante |
Persona sancionada DNI/CIF Última dirección conocida |
Infracción cometida Fecha-Hora Carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
LU-01655-O-2014 6372-DTB Guardia Civil 2701 C30220X |
Ancaria, S.L. B27418854 Palacio de Ferias y Congresos de Lugo, s/n 27004 Lugo |
El exceso igual o superior al 5 % e inferior al 15 % sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 11 %. 5.6.2014; 8.13 N-VI; 500,5 |
Art. 142.2 de la LOTT |
Art. 143.1.c) de la LOTT |
375 euros |
LU-01789-O-2014 4219HWY Guardia Civil 2704 X50746J |
Transportes Javier García Santos, S.L. B15853740 Regueiro Oscuro, 9, San Pedro de Nós 15176 Oleiros (A Coruña) |
El exceso igual o superior al 5 % e inferior al 15 % sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. 9.7.2014; 8.01 N-VI; 543,800 |
Art. 142.2 de la LOTT |
Art. 143.1.c) de la LOTT |
301 euros |
LU-01802-O-2014 4219-HWY Guardia Civil 2704 X50746J |
Sending Madrid A85508299 Ctm-carretera Villaverde a Vallecas, km 3,5, c/ Eje Central Parc. S 6C, 28053 Madrid |
El exceso igual o superior al 5 % e inferior al 15 % sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. 9.7.2014; 8.15 N-VI; 543,800 |
Art. 142.2 de la LOTT |
Art. 143.1.c) de la LOTT |
301 euros |
LU-01812-O-2014 6372-DTB Guardia Civil 2701 C30220X |
Ancaria, S.L. B27418854 Palacio de Ferias y Congresos de Lugo, s/n 27004 Lugo |
No llevar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio. 5.6.2014; 8.13 N-VI; 500,5 |
Art. 142.8 de la LOTT |
Art. 143.1.b) de la LOTT |
201 euros |
LU-02059-O-2014 1993DND Guardia Civil 2701 C31141P |
Gonzalo Carrillo Expósito 33341544P S. Miguel de Coence, s/n 27200 Palas de Rei (Lugo) |
No llevar a bordo de un vehículo arrendado el contrato de arrendamiento o copia del mismo, o llevarlo sin cumplimentar. 10.8.2014; 12.40 LU-113; 0,8 |
Art. 142.9 de la LOTT Art. 142.8 de la LOTT |
Art. 143.1.b) de la LOTT |
201 euros |