Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Bricolaje Bricomán, S.L.U.
Domicilio social: avenida Puerta del Sol, 2, parque comercial Plaza Nueva, Edificio Bricomán, Leganés.
Denominación: CS-medida, LMTS y CT de 1.000 kVA.
Situación: parcela K 4c01-1. Manzana K. SUNP nº 40, polígono A Sionlla, calle del País Vasco, 15890, Santiago de Compostela.
Características técnicas: CS en caseta subterránea prefabricada de hormigón, compartida con el centro de medida proyectado, que incluye 3 interruptores-seccionadores de 24 kVA, 400 A en cabinas metálicas prefabricadas.
Centro de medida en caseta subterránea prefabricada de hormigón equipado con: interruptor-seccionador, protección general, equipo de medida y interruptor-seccionador de salida; todo en cabinas metálicas prefabricadas. LMT subterránea de 200 m de longitud en cable 12/20 kV de 1×150 AL.
CT de obra civil ubicado en edificio de otros usos, con trafo de 1.000 kVA, relación 20/0,42 kV, seco. Aparamenta de maniobra y protección en cabinas metálicas prefabricadas.
En cumplimiento de los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energia y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), esta jefatura territorial resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta instalación está previsto que se ejecute en un plazo de un año, a contar a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medioambiente.
Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 107, 110, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero); sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.
A Coruña, 14 de enero de 2015
Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña