Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, por la presente cédula se notifica a la entidad relacionada en el anexo o acuerdo de inicio de expediente de reintegro de la subvención concedida mediante resolución del director general de Promoción del Empleo de fecha de 3 de agosto de 2011.
Se hace saber que la interesada dispondrá de un plazo de 15 días para que alegue o presente los documentos que estime pertinentes, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 77 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Se le recuerda también su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta dirección general, sita en el Edificio Administrativo San Lázaro, s/n,
Santiago de Compostela, y a obtener, en su caso, copia de la resolución, según lo previsto en el apartado a) del artículo 35 de la mencionada Ley 30/1992.
Santiago de Compostela, 14 de enero de 2015
Ana María Díaz López
Directora general de Empleo y Formación
ANEXO
Entidad: Asociación E-Integralia.
Dirección: avenida Santiago, nº 21, oficina C, 32001 Ourense.
Nº de expediente: TR352A 2011/383-0.
Fecha del acuerdo de inicio del expediente de reintegro: 19 de diciembre de 2014.
Preceptos incumplidos: artículo 8.4 de la Orden de 30 de diciembre de 2010, por la que se establecen las bases que regulan las ayudas y subvenciones para el fomento del empleo a través de los programas de cooperación en el ámbito de colaboración con los órganos y organismos de las administraciones públicas distintas de la local, universidades y entidades sin ánimo de lucro y se procede a su convocatoria para el año 2011 (DOG núm. 10,
de 17 de enero); artículo 33 de la Ley 9/2007, artículo 33.1.c) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Cantidad a reintegrar: 679,88 €.