Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, por la presente cédula se notifican a la entidad relacionada en el anexo los acuerdos de reintegro parcial de las subvenciones concedidas mediante resolución del director general de Promoción del Empleo de fecha 7 de agosto de 2009 y 9 de agosto de 2010.
Se hace saber que el interesado dispondrá de un plazo de quince (15) días para alegar o presentar los documentos que estime pertinentes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 77 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Se les recuerda también su derecho a consultar los expedientes, depositados en las dependencias de esta dirección general, sita en el Edificio Administrativo San Lázaro, s/n, en Santiago de Compostela, y a obtener, en su caso, copias de la resoluciones, según lo previsto en el apartado a) del artículo 35 de la mencionada Ley 30/1992.
Santiago de Compostela, 8 de enero de 2015
Ana María Díaz López
Directora general de Empleo y Formación
ANEXO
Entidad: Fundación Ferrol Metrópoli.
Dirección: Recinto Ferial Punta Arnela, Ed. Usos múltiples, 15591 Ferrol (A Coruña).
Nº de expte.: TR352B 2009/68-0.
Fecha de la resolución de reintegro parcial: 3 de diciembre de 2014.
Preceptos incumplidos: artículo 7.2.a) de la Orden de 29 de diciembre de 2008 por la que se establecen las bases que regulan, para el ejercicio del año 2009, las ayudas y subvenciones para el fomento del empleo a través de los programas de cooperación en el ámbito de colaboración con las entidades locales y con los órganos y organismos de las administraciones públicas distintas de la local, universidades y entidades sin ánimo de lucro, y se procede a su convocatoria (DOG núm. 7, de 12.1.2009); artículo 33.1.g) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Cantidad a reintegrar: 803,91 €.
Nº de expte.: TR352B 2010/344-0.
Fecha de la resolución de reintegro parcial: 3 de diciembre de 2014.
Preceptos incumplidos: artículo 9.2 de la Orden de 10 de marzo de 2010 por la que se establecen las bases que regulan, para el ejercicio del año 2010, las ayudas y subvenciones para el fomento del empleo a través de los programas de cooperación en el ámbito de colaboración con las entidades locales y con los órganos y organismos de las administraciones públicas distintas de la local, universidades y entidades sin ánimo de lucro, y se procede a la convocatoria para el año 2010 (DOG núm. 54, de 22 de marzo); artículo 33.1.g) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Cantidad a reintegrar: 938,26 €.