Visto el expediente para otorgar la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:
Expediente: IN407A 2014/64-1.
Solicitante: Unión Distribuidores de Electricidad, S.A. (UDESA).
Domicilio social: calle José Ángel Valente, 17, bajo, local 62, 15706 Santiago de Compostela.
Denominación: LMTS, CT y RBTS Piñoi.
Situación: ayuntamiento de Cesuras.
Características técnicas:
Instalación y montaje del centro de transformación Piñoi, interior en edificio prefabricado de hormigón de tipo monobloque, incluido un tranformador de 100 kVA y 4 celdas de media tensión: tres celdas de entrada/salida de líneas motorizadas, y una celda de protección mediante fusibles del transformador, todas ellas con aislamiento de corte SF6.
Tramo de línea subterránea de media tensión de interconexión entre el apoyo existente tipo HV-1000/13 de la LMT Peteiros Velle y Vilar Cesuras-Mesía (expte. 2005/367) y el CT Piñoi en proyecto (denominado circuito 1), simple circuito, con conductores unipolares de aluminio y aislamiento seco tipo RHZ1-20L 12/20 kV 3(1×240 K AL + H16), de 30 metros de longitud, tal y como se refleja en el plano número TZ-01.
Tramo de línea subterránea de media tensión de interconexión entre la LMT a CT A Castellana (expte. 51079) en el apoyo existente de tipo metálico C-2000/3T y el CT Piñoi en proyecto (denominado circuito 2), simple circuito, con conductores unipolares de aluminio y aislamiento seco tipo RHZ1-20L 12/20 kV 3(1×240 K Al + H16), de 96 metros de longitud, tal y como se refleja en el plano número TZ-01.
Tramo de línea subterránea de media tensión de interconexión entre la LMT y CT en Pardiñas Cesuras (expte. 2001/149-1) en el apoyo existente de tipo metálico C/2000/3T y el CT Piñoi en proyecto (denominado circuito 3), simple circuito, con conductores unipolares de aluminio y aislamiento seco tipo RHZ1-20L 12/20 kV, 3(1×240 K Al + H16), de 96 metros de longitud, tal y como se refleja en el plano número TZ-01.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310), por lo que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014 de la Dirección General de Energía y Minas por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54) esta jefatura territorial resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta instalación está previsto que se ejecute en un plazo de un año, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 107, 110, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.
A Coruña, 2 de enero de 2015
Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña