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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 22 Martes, 3 de febrero de 2015 Pág. 4938

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

EDICTO de 14 de enero de 2015, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la resolución del expediente de clasificación como vecinal en mano común del monte denominado Cotiño, O Penedo y O Seixo, a favor de los vecinos del lugar de Mundín, en la parroquia de Garabás, en el municipio de Maside.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y en conformidad con lo dispuesto en el artículo 60.1º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se hace público que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, en sesión que tuvo lugar con fecha 10 de diciembre de 2014, adoptó la siguiente resolución:

Examinado el expediente de clasificación como vecinal en mano común del monte denominado Cotiño, O Penedo y O Seixo, a favor de los vecinos del lugar de Mundín, en la parroquia de Garabás, en municipio de Maside resultan los siguientes hechos:

Primero. Con fecha 23 de marzo de 2010 tuvo entrada en el registro de la Jefatura Territorial de la Consellería del Medio Rural y del Mar un escrito dirigido al Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Man Común de los vecinos de Mundín, en la parroquia de Garabás, en el municipio de Maside, en el que solicita la clasificación como vecinal en mano común de varias parcelas.

Segundo. Con fecha 9 de julio de 2014, el Jurado Provincial acuerda iniciar el expediente de clasificación como vecinal en mano común del referido monte, designando instructor y procediendo a realizar las comunicaciones y publicaciones a las que hacen referencia los artículos 20, 21 y 23 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, abriendo un período de un mes para la práctica de alegaciones.

Tercero. En el plazo concedido para la práctica de alegaciones, no consta que se hubiera presentado ninguna.

Cuarto.- El monte objeto de clasificación, de acuerdo con la documentación obrante en el expediente, se describe así:

Ayuntamiento: Maside.

Denominación del monte: Cotiño, O Penedo y O Seixo.

Comunidad vecinal solicitante: vecinos de Mundín, en la parroquia de Garabás.

Superficie total: 18.02 ha aproximadamente.

Paraje: Cotiño.

Está integrado por las parcelas catastrales: 681, 682, 706, 707, 794 y 797 del polígono 4 en el municipio de Maside. Tiene una superficie superficie total de 4.982,7089 m2 (5 ha) según datos del Catastro.

Los linderos, siguiendo la dirección de las agujas del reloj, son:

Por el norte:

Polígono

Parcela

Titular catastral

4

151

Valentín Pereira

150

En investigación

149

José Rodríguez Araújo

Por el este:

Polígono

Parcela

Titular catastral

4

139

Daniel Puza Pousa

138

Justino Araújo Peña

137

Hdros. de Delfín Rodríguez Araújo

136

En investigación

42

En investigación

75

Concepción Araújo Peña

43

Josefina Pousa Puza

76

Cesáreo Álvarez Álvarez

67

Delfín Casado González

9008

Ayuntamiento de Maside

55

José Rodríguez Araújo

694

Agustín González Casado

691

En investigación

690

En investigación

689

Encarnación Soto Gayoso

684

José Rodríguez Araújo

685

M. Dolores Pousa Meiriño

683

Carmen González Castro

Por el sur:

Polígono

Parcela

Titular catastral

4

9008

Ayuntamiento de Maside

9007

Ayuntamiento de Maside

Por el oeste:

Polígono

Parcela

Titular catastral

4

9008

Ayuntamiento de Maside

705

Vecinos de Amarante

741

En investigación

667

Hdros. de Delfín Rodríguez Araújo

677

Concepción Ada

676

Eladio García

675

Manuel Crespo

674

Carmen Nogueira González

673

Concepción Ada

663

Concepción Rodríguez

Paraje: O Penedo.

Está integrado por las parcelas catastrales: 97, 262 y 757 del polígono 4 y la parcela 487 del polígono 5, del municipio de Maside. Tiene una superficie total de 11.932 m2 (1,2 ha) según el informe pericial remitido.

Los linderos, siguiendo la dirección de las agujas del reloj, son:

Por el norte:

Polígono

Parcela

Titular catastral

4

9008

Ayuntamiento de Maside

331

Hdros. de Modesto Pérez Rodríguez

332

Hdros. de Modesto Pérez Rodríguez

333

Hdros. de Modesto Pérez Rodríguez

334

Dorinda González Mosquera

335

Higinio González López

Por el este:

Polígono

Parcela

Titular catastral

5

492

Sinesia Quintela Vázquez

491

Higinio González López

490

Gumersindo Álvarez Gutiérrez

488

Agustín González Mosquera

4

9001

Diputación de Ourense

Por el sur:

Polígono

Parcela

Titular catastral

4

9008

Ayuntamiento de Maside

735

Hdros. de José Pousa Álvarez

Por el oeste:

Polígono

Parcela

Titular catastral

4

563

Ernesto González González

Paraje: O Seixo.

Está integrado por las parcelas catastrales: 750, 751, 752, 753 y 754 del polígono 4 y la parcela 666 del polígono 5, del municipio de Maside. Tiene una superficie total de 118.245 m2 (11,82 ha) según el informe pericial.

Los linderos, siguiendo la dirección de las agujas del reloj, son:

Por el norte:

Polígono

Parcela

Titular catastral

4

556

Vecinos de O Barón (O Barón es una parroquia del Ayuntamiento de O Carballiño)

635

Emilio Fernández Álvarez

9013

Ayuntamiento de Maside

Por el este:

Polígono

Parcela

Titular catastral

4

389

José González

387

José Araújo Rodríguez

386

José Pousa Álvarez

385

Hdros. de Pedro González Rodríguez

383

Francisco Álvarez Pousa

379

Hdros. de Alicia Quintela Demanuel

378

Hdros. de Pedro González Rodríguez

377

Eladino de Francisco Álvarez

369

Avelina Mosquera Freigedo

368

Andrés Blanco

367

Eudosia dos Reis

9013

Ayuntamiento de Maside

344

Mª Teresa Lage Álvarez

Por el sur:

Polígono

Parcela

Titular catastral

4

9001

Diputación de Ourense

5

465

Mª Teresa García González

461

Benita Rodríguez Quintela

665

Palmira Moure Cibeira

4

9008

Ayuntamiento de Maside

235

José Mª Caride Rodríguez

234

José Mª Caride Rodríguez

239

Peregrina Álvarez Iglesias

226

Teresa Álvarez Lage

224

Mª Carmen Blanco Fernández

223

Manuel González Mosquera

212

Peregrina Álvarez Iglesias

211

Concepción Araújo Peña

210

Josefa Pousa Castro

207

María Álvarez Lage

206

Josefina Pousa Puza

205

Manuel González Mosquera

9008

Ayuntamiento de Maside

Por el oeste:

Polígono

Parcela

Titular catastral

4

9008

Ayuntamiento de Maside

1655

En investigación

1654

Manuel Iglesias

1653

Hdros. de Valentín Álvarez

1652

En investigación

1651

Encarnación Soto Gayoso

1641

Pilar Nogueira

1642

Liborio Nogueira

1643

Juan Bautista González Cabo

1644

Pilar Nogueira

1645

Manuel Nogueira

1646

M. Esther Barroso Casado

9008

Ayuntamiento de Maside

El monte a clasificar no invade ningún monte ya clasificado y no forma parte de ningún consorcio ni ningún convenio con la administración forestal.

Fundamentos de derecho:

Primero. El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común es el órgano competente para conocer los expedientes de clasificación de los montes que tienen tal carácter, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la mencionada ley «son montes vecinales en mano común... los que, con independencia de su origen, sus posibilidades productivas, su aprovechamiento actual y su vocación agraria, pertenezcan a agrupaciones vecinales en calidad de grupos sociales y no como entidades administrativas, y se vinieran aprovechando consuetudinariamente en régimen de comunidad sin asignación de cuotas por los miembros de aquellas en su condición de vecinos».

Tercero. Es reiterada doctrina de la Sala de lo Contencioso-Administrativa del Tribunal Supremo que son dos las notas características de los montes vecinales en mano común: una, el aprovechamiento consuetudinario en mano común y otra, la atribución de la titularidad de ese aprovechamiento a los vecinos integrantes de un grupo social determinado, independientemente de su calificación o no como entidad administrativa; correspondiendo constatar el aprovechamiento y atribuir la titularidad a favor del grupo social que lo venga disfrutando al Jurado Provincial de Clasificación.

Cuarto. El carácter de monte vecinal en mano común se ha acreditado mediante los testimonios de los vecinos solicitantes y las actuaciones realizadas por el Servicio de Montes, y documentación que consta en el expediente.

En consecuencia con lo que antecede, examinada la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, su reglamento, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, el Decreto 46/2012, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería del Medio Rural y del Mar, y demás normativa legal y reglamentaria, el jurado provincial por unanimidad de sus miembros,

Resuelve:

Clasificar como monte vecinal en mano común el monte Cotiño, O Penedo y O Seixo, a favor de los vecinos del lugar de Mundín, en la parroquia de Garabás, en municipio de Maside, de acuerdo con la descripción realizada en el hecho cuarto.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 13/1989, en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 14 de enero de 2015

Yago Borrajo Sánchez
Presidente del Jurado Provincial de Montes Vecinales
en Mano Común de Ourense