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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 8 Miércoles, 14 de enero de 2015 Pág. 1878

III. Otras disposiciones

Consejo de la Cultura Gallega

ACUERDO de 11 de diciembre de 2014, de la Comisión Ejecutiva, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal existentes en esta entidad.

La Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, tiene como objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas y, especialmente, su honor e intimidad personal y familiar. La citada ley es de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico, que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado.

El artículo 20.1 de dicha ley dispone que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las administraciones públicas solo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

La entrada en vigor del reglamento de desarrollo de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, aprobado mediante el Real decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, introdujo, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado.

En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas y a fin de cumplir lo establecido en el artículo 20 de la mencionada ley, así como en el artículo 52 del reglamento de desarrollo de esta,

DISPONGO:

Primero. Los ficheros del Consejo de la Cultura Gallega serán los contenidos en el anexo de este acuerdo de la Comisión Ejecutiva.

Segundo. Se crean los ficheros incluidos en el anexo de este acuerdo de la Comisión Ejecutiva, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley orgánica 15/1999 y del artículo 54.1 del reglamento de desarrollo.

Tercero. Los ficheros que se recogen en el anexo de este acuerdo de la Comisión Ejecutiva se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.

Cuarto. Los datos de carácter personal incluidos en los ficheros regulados por este acuerdo solo serán utilizados para los fines expresamente previstos y declarados en el anexo y por el personal debidamente autorizado.

Quinto. Los datos solo serán cedidos en los supuestos expresamente previstos por la ley y los declarados en el anexo. En el supuesto de cesión de datos a las administraciones públicas, habrá que atenerse a lo dispuesto en la normativa vigente respecto a esta materia.

Sexto. La responsabilidad sobre los ficheros creados por este acuerdo corresponde a la Gerencia del Consejo de la Cultura Gallega, ante la cual se ejercerán los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos que constan en los ficheros.

Séptimo. Los ficheros creados por este acuerdo se encuentran clasificados atendiendo a lo dispuesto en el artículo 80 y siguientes del Real decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. En el anexo aparece la clasificación (nivel básico, medio o alto) de los ficheros creados bajo este acuerdo. La persona titular del órgano responsable de estos ficheros adoptará las medidas técnicas, de gestión y organización que sean necesarias para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley orgánica 15/1999 y en sus normas de desarrollo.

Octavo. En cumplimiento del artículo 55 del reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de este acuerdo de la Comisión Ejecutiva en el Diario Oficial de Galicia.

Noveno. El presente acuerdo de la Comisión Ejecutiva entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 11 de diciembre de 2014

Ramón Villares
Presidente del Consejo de la Cultura Gallega

ANEXO
Ficheros de nueva creación

Fichero: Recursos humanos

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Recursos humanos.

a.2) Finalidad y usos previstos: recaudar datos de carácter identificativo y de otra índole del personal de la institución, con la finalidad de gestionar los derechos y obligaciones derivadas de la relación contractual empleado/Consejo; mantenimiento de la relación de puestos de trabajo; formación de personal; control horario; gestión de nómina; prevención de riesgos laborales; concesión y gestión de permisos, licencias y autorizaciones; indemnización por razones de servicio y gestión de servicios al personal.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulte obligado a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia.

b.1) Colectivo: personal del Consejo de la Cultura Gallega.

b.2) Procedencia:

El/La propio/a interesado/a o representante legal, administraciones públicas y entidades públicas vinculadas o dependientes.

Procedimiento de recogida: declaración y formularios electrónicos y en papel.

c) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI, núm. SS/mutualidad, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono y firma.

Datos de características personales: datos de estado civil, datos de familia, fecha de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad.

Otros datos: datos de salud necesarios para la gestión de nóminas.

Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones, experiencia profesional.

Datos de detalles de empleo: cuerpo/escala, categoría/grado.

Datos de circunstancias sociales: licencias, permisos, autorizaciones, compatibilidades.

Datos económico-financieros y de seguros: datos bancarios, datos económicos de nómina, datos de deducciones impositivas/impuestos, datos de ayudas de acción social.

Datos relativos a la comisión de infracciones: infracciones administrativas. (Normas que permiten su tratamiento: Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, y Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores).

c.2) Sistema de tratamiento: fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas.

Organismos de la Seguridad Social, Hacienda pública y Administración tributaria, mutualidades laborales, entidades sanitarias, órganos sindicales, órganos de representación de los empleados públicos y entidades financieras. (El tratamiento responde a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implique necesariamente la comunicación de los datos a terceros).

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países.

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero.

Gerencia del Consejo de la Cultura Gallega.

g) Servicios o unidades ante los cuales pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Gerencia del Consejo de la Cultura Gallega, Pazo de Raxoi, 2ª planta, 15705 Santiago de Compostela.

h) Nivel de medidas de seguridad: nivel medio.

Fichero: Procesos selectivos

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Procesos selectivos.

a.2) Finalidad y usos previstos: recaudar datos de tipo identificativo, titulación y formación con el objetivo de realizar procesos de selección.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulte obligado a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia.

b.1) Colectivo: participantes de procesos selectivos demandantes de empleo y solicitantes de becas.

b.2) Procedencia:

El/la propio/a interesado/a o representante legal y administraciones públicas.

Procedimiento de recogida: formularios electrónicos y en papel.

c) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI, núm. SS, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, firma.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, edad, sexo y nacionalidad.

Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones, experiencia profesional.

c.2) Sistema de tratamiento: fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas.

No se prevén cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero.

Gerencia del Consejo de la Cultura Gallega.

g) Servicios o unidades ante los cuales pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Gerencia del Consejo de la Cultura Gallega, Pazo de Raxoi, 2ª planta, 15705 Santiago de Compostela.

h) Nivel de medidas de seguridad: nivel básico.

Fichero: Actividades dirigidas a la ciudadanía

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Actividades dirigidas a la ciudadanía.

a.2) Finalidad y usos previstos: recaudar datos de carácter identificativo para gestionar las relaciones informativas con instituciones, entidades privadas y ciudadanos, con la finalidad de realizar eventos y actividades dirigidas a la ciudadanía.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulte obligado a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia.

b.1) Colectivo: personas de contacto de entidades, empresas, ciudadanos/as y asistentes.

b.2) Procedencia:

El/la propio/a interesado/a o representante legal, entidades, empresas, otras personas físicas, bases de datos públicas, fuentes accesibles al público, listas de personas pertenecientes a grupos profesionales, administraciones públicas.

Procedimiento de recogida: formularios electrónicos y en papel.

c) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, edad, sexo.

Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones, experiencia profesional.

c.2) Sistema de tratamiento: fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas.

Visitantes de la página web del Consejo de la Cultura Gallega (existe consentimiento de los afectados). (Se prevé la publicación de datos en la web del Consejo de la Cultura Gallega).

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero:

Gerencia del Consejo de la Cultura Gallega.

g) Servicios o unidades ante los cuales pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Gerencia del Consejo de la Cultura Gallega, Pazo de Raxoi, 2ª planta, 15705 Santiago de Compostela.

h) Nivel de medidas de seguridad: nivel básico.

Fichero: Registro del Consejo de la Cultura Gallega

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Registro del Consejo de la Cultura Gallega.

a.2) Finalidad y usos previstos: registro de entrada y salida de documentos.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulte obligado a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia.

b.1) Colectivo: aquellas personas vinculadas a algún procedimiento administrativo que deba ser resuelto por el Consejo de la Cultura Gallega (empleados, ciudadanos/as y residentes, solicitantes).

b.2) Procedencia:

El/la propio/a interesado/a o representante legal.

Procedimiento de recogida: documentos aportados por los/las interesados/as tanto en papel como electrónicos.

c) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, firma/huella, datos aportados en el documento presentado.

Datos de características personales: los aportados en el documento presentado.

Datos de circunstancias sociales: los aportados en el documento presentado.

Datos académicos y profesionales: los aportados en el documento presentado.

Datos de detalles de empleo: los aportados en el documento presentado.

Datos de información comercial: los aportados en el documento presentado.

Datos económico-financieros y de seguros: los aportados en el documento presentado.

Datos de transacciones: los aportados en el documento presentado.

c.2) Sistema de tratamiento: fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas.

Se prevé la cesión de datos a otras administraciones.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países.

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero.

Gerencia del Consejo de la Cultura Gallega.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Gerencia del Consejo de la Cultura Gallega, Pazo de Raxoi, 2ª planta, 15705 Santiago de Compostela.

h) Nivel de medidas de seguridad: nivel medio.

Fichero: Relaciones económicas y comerciales con la ciudadanía, entidades
privadas y terceros

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Relaciones económicas y comerciales con la ciudadanía, entidades privadas y terceros.

a.2) Finalidad y usos previstos: gestión de las relaciones económicas con terceros, gestión de la contratación administrativa y facturación de los servicios y trabajos. Hacienda y gestión económico-financiera, gestión económica y contable y gestión de facturación.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulte obligado a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia.

b.1) Colectivo: licitadores, entidades y empresas (proveedores, representantes legales).

b.2) Procedencia:

El/la propio/a interesado/a o representante legal y entidades privadas.

Procedimiento de recogida: formularios, pliegos y escritos de los/las interesados/as.

c) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, firma/huella.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad.

Datos de circunstancias sociales: propiedades, posesiones.

Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones, experiencia profesional.

Datos de información comercial: actividades y negocios.

Datos económico-financieros y de seguros: ingresos, rentas, datos bancarios.

c.2) Sistema de tratamiento: fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas.

Hacienda pública, Administración tributaria y otras administraciones públicas, bancos, cajas de ahorro y cajas rurales. (El tratamiento responde a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implique necesariamente la comunicación de los datos a terceros).

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países.

No se realizan o non están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero.

Gerencia del Consejo de la Cultura Gallega.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Gerencia del Consejo de la Cultura Gallega, Pazo de Raxoi, 2ª planta, 15705 Santiago de Compostela.

h) Nivel de medidas de seguridad: nivel medio.

Fichero: Integrantes del Consejo de la Cultura Gallega

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Integrantes del Consejo de la Cultura Gallega.

a.2) Finalidad y usos previstos: recabar datos de carácter identificativo y de otra índole de las personas que forman parte de la institución, con la finalidad de gestionar los derechos y obligaciones derivados de la relación miembro/Consejo.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulte obligado a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia.

b.1) Colectivo: integrantes del Plenario, secciones y comisiones técnicas del Consejo de la Cultura Gallega.

b.2) Procedencia:

El/la propio/a interesado/a o representante legal, administraciones públicas y entidades públicas.

Procedimiento de recogida: formularios electrónicos y en papel.

c) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, firma.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, edad, sexo.

Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones, experiencia profesional.

Datos económico-financieros y de seguros: datos bancarios, datos de deducciones impositivas/impuestos.

c.2) Sistema de tratamiento: fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas.

Hacienda pública, Administración tributaria y otras administraciones públicas. (El tratamiento responde a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implique necesariamente la comunicación de los datos a terceros).

Visitantes de la página web del Consejo de la Cultura Gallega (existe consentimiento de los afectados). Se prevé la publicación de datos en la web del Consejo de la Cultura Gallega.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países.

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero.

Gerencia del Consejo de la Cultura Gallega.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Gerencia del Consejo de la Cultura Gallega, Pazo de Raxoi, 2ª planta, 15705 Santiago de Compostela.

h) Nivel de medidas de seguridad: nivel básico.

Fichero: Realización de prácticas

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Realización de prácticas.

a.2) Finalidad y usos previstos: recabar datos de carácter identificativo y de otra índole con la finalidad de gestionar prácticas con estudiantes universitarios y con estudiantes de formación profesional.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulte obligado a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia.

b.1) Colectivo: estudiantes en prácticas.

b.2) Procedencia:

El/la propio/a interesado/a o representante legal y administraciones públicas.

Procedimiento de recogida: formularios electrónicos y en papel.

c) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI, núm. SS/mutualidad, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, firma/huella.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad.

Datos académicos y profesionales: formación, titulación, historial de estudiante, experiencia profesional.

Datos económico-financieros y de seguros: datos económicos de nómina, datos de deducciones impositivas/impuestos.

c.2) Sistema de tratamiento: fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas.

Organismos de la Seguridad Social, Hacienda pública y Administración tributaria, mutualidades laborales, órganos sindicales, órganos de representación de los empleados públicos y entidades financieras. (El tratamiento responde a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimento y control implique necesariamente la comunicación de los datos a terceros).

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países.

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero.

Gerencia del Consejo de la Cultura Gallega.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Gerencia del Consejo de la Cultura Gallega, Pazo de Raxoi, 2ª planta, 15705 Santiago de Compostela.

h) Nivel de medidas de seguridad: nivel básico.