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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 4 Jueves, 8 de enero de 2015 Pág. 784

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 26 de noviembre de 2014, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica el acuerdo de inicio del expediente sancionador 2014332TA-PO, por infracción en materia sanitaria.

Con fecha 27 de octubre de 2014, la jefa territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra dictó acuerdo de inicio del expediente sancionador núm. 2014332TA-PO incoado en la Jefatura Territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra contra Eliana Aparecida Alves, con NIE X5707907C, como titular del establecimiento Karaoke Café Concierto.

Tras intentar la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, no se pudo practicar, por lo que mediante esta cédula se notifica a Eliana Aparecida Alves el contenido de dicho acuerdo, que figura en el anexo, según lo dispuesto en el número 5 del referido artículo, para que tenga conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que la asiste, al amparo de lo dispuesto en el número 1 del artículo 16 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, para presentar alegaciones ante esta jefatura territorial en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura, sita en Pontevedra, en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia, calle Fernández Ladreda, núm. 43-1ª planta, y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Se le notifica también que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el citado plazo, el acuerdo de inicio podrá ser considerado propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del citado reglamento.

Esta cédula se expide para que conste y le sirva de notificación a la interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pontevedra, 26 de noviembre de 2014

Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Número del expediente: 2014332TA-PO.

Denunciada: Eliana Aparecida Alves, con NIE X5707907C, como titular del establecimiento Karaoke Café Concierto.

Último domicilio conocido: calle Echegaray, núm. 19, 36002 Pontevedra.

Hecho imputado: supuesta infracción de lo previsto en la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.

Preceptos presuntamente infringidos:

– Disposición adicional tercera de la Ley 28/2005 que establece que en los centros o dependencias en los que existe prohibición legal de fumar deberán colocar en su entrada, en lugar visible, carteles que anuncien la prohibición del consumo de tabaco.

– Artículo 3. Venta y suministro de los productos del tabaco: 1. La venta y suministro al por menor de productos del tabaco solo podrá realizarse en la red de expendedurías de tabaco y timbre o a través de máquinas expendedoras, ubicadas en establecimientos que cuenten con las autorizaciones oportunas, para la venta mediante máquinas, y queda expresamente prohibido en cualquier otro lugar o medio.

Tipificación: dos infracciones administrativas, una tipificada como leve y otra como grave, en los artículos 19.2.d) y 19.3.i) de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.

Sanción propuesta: seiscientos setenta y seis euros (676 €).