Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 3 Miércoles, 7 de enero de 2015 Pág. 584

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (743/2010).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hace saber que en el procedimiento seguridad social 743/2010 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Vázquez Brañas contra la empresa Adys 2003, S.A., Instituto Nacional de la Seguridad Social y Umivale, sobre seguridad social, se ha dictado decreto cuya parte dispositiva es la siguiente:

– Tener por desistido a José Vázquez Brañas de su demanda frente a Adys 2003, S.A., Instituto Nacional de la Seguridad Social y Umivale.

– Archivar las actuaciones una vez que sea firme la presente resolución.

Incorpórese el original al libro de decretos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación. Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que se deberá interponer ante quien dicta la resolución en el plazo de los tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 LJS).

El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº en el Banesto, debiendo indicar en el campo concepto “recurso” seguida del código “31 Social-Revisión de resoluciones secretario judicial”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “31 Social-Revisión de resoluciones secretario judicial”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Adys 2003, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que sean auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 15 de diciembre de 2014

La secretaria judicial