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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 2 Lunes, 5 de enero de 2015 Pág. 408

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2014, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita y de autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Vigo (expediente IN407A 2014/118-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita y de autorización administrativa de construcción de las instalaciones eléctricas que a continuación se describen:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: travesía de Vigo 204, 36207 Vigo.

Denominación: LMTS, CS Argón-Conservas Rivas.

Situación: Vigo.

Características técnicas: LMT subterránea a 15 kV con conductor tipo RHZ de 36 metros de longitud, con origen y final en la LMTS SDM702, entre los centros de transformación Barreiro-Vigo y Codovedo, tras realizar entrada y salida en el CS proyectado Argón-Conservas Rivas. LMT subterránea a 15 kV con conductor tipo RHZ de 74 metros de longitud, con origen en el CS proyectado y final en el paso aerosubterráneo proyectado. Centro de seccionamiento (Argón-Conservas Rivas) con celdas compactas con corte en SF6, situado en la calle Severino Cobas, Lavadores, Vigo.

Se realizó el trámite de información pública insertando anuncios en el DOG de 16 de septiembre de 2014, en el BOP de 16 de septiembre de 2014, en el periódico Faro de Vigo del 5 de septiembre de 2014 y en el tablón de anuncios del ayuntamiento de Vigo. También se notificó individualmente a los titulares de los predios afectados por la instalación según la relación facilitada por la empresa peticionaria. Durante el mencionado trámite se recibió la siguiente alegación:

Con fecha de 2 de noviembre de 2014, María Teresa Cameselle Rodríguez, en calidad de propietaria de la finca situada en Vigo, Lavadores, calle Severino Cobas, presenta escrito de alegaciones en esta jefatura territorial en relación con la ocupación de parte de su finca por la instalación proyectada, las cuales son remitidas a la empresa peticionaria para que realice, a su vez, las alegaciones que considere pertinentes.

Una vez examinadas las alegaciones formuladas por ambas partes, se concluye lo siguiente:

Procede el reconocimiento, en concreto, de utilidad pública, a los efectos de expropiación forzosa, para la instalación proyectada.

En consecuencia, cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico y en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, DOG nº 54, de 19 de marzo, esta jefatura territorial resuelve:

Conceder autorización administrativa, autorización administrativa de construcción y declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita de los bienes afectados por la refereida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de la instalación, de acuerdo con el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, será de 14 meses a partir de la recepción de la presente resolución. A efectos de la posible solicitud de prórroga, el peticionario deberá tener en cuenta lo dispuesto en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Pontevedra, 9 de diciembre de 2014

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra